Opinión

El cadalso siempre

El cadalso siempre

El cadalso siempre

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Sin piedad, la justicia genera crueldad.

Y la piedad sin justicia es debilidad.

Metastasio Pietro

A diario tenemos noticia de la comisión de un sinfín de delitos que contrastan con estadísticas que muestran un amplio rango de impunidad, o sea, muchos delitos se cometen y no se castiga al responsable, lo que para la ciudadanía se traduce sencillamente en que el sistema de justicia penal no sirve.

Lo anterior se entiende bien si consideramos datos como éstos. En 2018, sólo se denunció un 10.6% de delitos cometidos, de ellos sólo 63.9% se investigó y más del 60% de los encuestados refirió no denunciar por causas atribuibles a la autoridad, como pérdida de tiempo, trámites largos y difíciles, desconfianza, actitud hostil y miedo a ser víctimas de extorsión. (Envipe 2019)

No obstante, debemos entender primero que un sistema de justicia penal, el nuestro o el de China, no debe aspirar sólo a sancionar personas, sino que implica un proceso que inicia con la prevención del delito, la investigación, quizás juicio y resolución correspondientes. Por ello, contrario a la crítica y sentencia fácil de la que naturalmente somos transmisores, la ausencia de sanciones no debe ser sólo atribuida a la corrupción. Hay otras razones jurídicamente válidas por las cuales la persona responsable de un delito puede quedar sin sanción: omisión de denuncia, falta de elementos para ejercer acción penal, el proceso puede seguirse en libertad, el uso de mecanismos alternativos de solución de controversias, etc.

Así como señalamos y condenamos la violencia cotidiana, fenómenos de impunidad y corrupción, también es cierto que aquellos no son una regla absoluta, tampoco se trata de un gen específico que nos determine a cometerlos ni es una cuestión cultural del mexicano. Me rehúso a convencerme de la idea de impunidad rampante, aunque en ella se enfoque nuestra atención y que la percepción general sea de un permanente estado de inseguridad y casi de barbarie.

La otra cara de la moneda es aquella que no se conoce, o se conoce poco porque de ella no se habla. Se trata de un contexto de bienestar donde los operadores y las instituciones cumplen con su rol, se procura y administra justicia, se hace lo que se debe hasta donde se puede. En este otro ambiente, que de hecho existe, la percepción, sin embargo, sigue siendo la misma y esto ocurre así porque en todo conflicto o proceso jurídico confluyen, por lo menos, dos partes cuyos intereses y pretensiones son opuestos; al final alguna de ellas habrá de perder o de ganar más que la otra y, en consecuencia, la constante será una parte insatisfecha con el resultado (sentencia, resolución, laudo). Si ese escenario de un conflicto menor es trasladado al campo penal, donde las soluciones posibles son condena o absolución, libertad o prisión, aun en casos en que exista una sentencia, pero ésta sea absolutoria, la gran mayoría de las víctimas del delito sentirá que el sistema no funciona, que le ha fallado, que hay corrupción e impunidad aun cuando jurídicamente todo el engranaje haya funcionado como debía hacerlo.

El fin primario del proceso penal es esclarecer hechos para garantizar su fin último que es el acceso a la justicia; sí, pero con una doble visión: primero para la víctima, pero también para la persona acusada. Si esos hechos apuntan a la inocencia de la persona imputada, entonces lo justo será que esa persona quede en libertad y, en esa medida, al inmortal sistema penal le ha tocado la suerte del cohetero, socialmente siempre ha estado condenado a muerte en un proceso viciado, a una agónica y eterna ejecución esperando pacientemente el reconocimiento de su inocencia y feliz Navidad.

Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM