
Después de cinco años de análisis, el pleno del Senado aprobó con 78 votos modificaciones al código penal para regular los despachos de cobranzas y establecer hasta 6 años de prisión a los abogados, empresas y bufetes dedicados a la cobranza extrajudicial que a través de amenazas a deudores pretendan recuperar parte del capital de un crédito de alguna institución bancaria, agencias de autos y tiendas de electrodomésticos.
De igual manera, se impone una multa de 50 mil a 300 mil pesos a quien cometa este delito y la sanción puede elevarse hasta 12 años de prisión si quien realice la cobranza se hace pasar por alguna autoridad judicial o pretenda a través de algún documento coercionar el pago.
Es decir, se adiciona, independientemente de la sanción que tiene por usurpar funciones, la misma sanción por hacerse pasar por funcionario judicial o utilizar algún tipo de documento que haga suponer que es un documento oficial.
El senador del PRI Jesús Casillas, quien impulsó esta ley, dejo en claro que no se trata de buscar impunidad para los deudores o quienes no pagan sus compromisos; se trata de que esto se realice de manera ordenada, se haga de manera decente, además de poner freno a despachos o agencias prácticamente de coyotes que atentan contra la dignidad de las personas y buscan sorprenderlas.
“No se trata de buscar impunidad para que no paguen, se trata de que esto se realice de manera ordenada, se haga de manera decente y que ya no se cometan estos abusos, que no los hacen los profesionistas, no los hacen los abogados, son despachos pues prácticamente de coyotes, una especie de coyotaje que se hace y que los métodos son muy agresivos.”, explicó.
El dictamen establece sanciones que van de 3 a 6 años de prisión a quien realice a través de la intimidación o actitudes violentas el rescate de algún pago a través de los adeudos.
Se estima que en México unos 50 millones de ciudadanos tienen algún tipo de crédito bancario, de los cuales un 10 por ciento aproximadamente 5 millones de personas se encuentran en mora, es decir, no han liquidado sus adeudos.
Casillas explicó que es muy común que los representantes de los despachos jurídicos que muchas veces compran la cartera vencida de algunas instituciones llegan a las viviendas y amenazan con que en dos días te van a embargar.
Otra es que te dejan una notificación que aparenta ser de carácter judicial cuando no lo es, o cuando se llega a decirles a familiares que hay un deudor que está en posibilidades de ir a la cárcel lo que ya no puede ocurrir.
El Código no considerará como intimidación ilícita informar aquellas consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago o la capacidad de iniciar acciones legales en contra del deudor, aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado.
Los senadores estimaron que los medios de coacción y violencia psicológica que utilizan las personas físicas o morales, representantes de acreedores, para realizar los cobros, causan desequilibrios emocionales en los deudores, e invaden su privacidad y afectan su seguridad.
La reforma aprobada fue remitida al Ejecutivo Federal para los efectos correspondientes.
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