
[ Segunda parte ]
¿Cuánto está dispuesto a pagar un padre o una madre por evitar, en un juicio, que los hijos convivan con el otro progenitor?, ¿qué son capaces de hacer?...
Las historias rescatadas por Crónica refieren reparto de mordidas, acusaciones irreales, retención ilegal de menores, pago de multas o arrestos, desapariciones, renuncia a la pensión alimenticia, promoción de amparos y otros recursos alentados por vacíos en la ley.
En el 80 por ciento de las controversias familiares, se promueven denuncias falsas, de acuerdo con datos de la organización Mil Pelotas por Ti, especializada en la materia.
Se trata de prácticas tejidas desde la alienación parental —maniobras para provocar en el niño odio hacia el otro—, las cuales desfilan ante la indiferencia e ineptitud de jueces.
“Los niños se vuelven moneda de cambio. En la mayoría de los casos, uno de los padres está dispuesto a hacer lo que sea por castigar al otro y los juzgadores lo permiten, lo alientan”, dice Mario Alberto Aguirre, especialista en derecho familiar.
Patricia Ramosco cuenta su caso: “Mi hermano lleva dos años sin su pequeño Matías, porque ha sido imputado por la expareja y sus abogados de tráfico de drogas, trata de personas, sustracción de menores, drogadicción y violencia intrafamiliar, aunque todas las acusaciones han terminado por ser desestimadas”.
ANULACIONES. El uso de artimañas, coinciden padres afectados, es más común en entidades donde la normatividad local no contempla la alineación parental.
En México, sólo 18 estados han incluido esta figura en sus códigos civiles; otros siete han presentado iniciativas para incorporarla y las siete restantes no han considerado siquiera la posibilidad, entre éstos la CDMX, de historial contradictorio y donde, según Mil Pelotas Por Ti, se ventila el 40 por ciento de los juicios relacionados con el tema.
Por un lado, el artículo 11 de la Constitución citadina, de reciente entrada en vigor, consagra la convivencia familiar como “derecho humano”. En contraste, desde julio de 2017 —mes y medio después de que Mireya Graz envenenó a sus hijos para evitar que le fueran entregados a su expareja— la Asamblea Legislativa derogó el artículo 323 septimus del Código Civil, al considerar la alienación parental como un “síndrome de difícil diagnóstico, misógino y prejuicioso”. La anulación fue promovida por el ex diputado Mauricio Toledo y el entonces Jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera.
El precepto no hacía alusión a ningún síndrome, sólo señalaba lo siguiente: “Comete violencia familiar el integrante de la familia que transforma la conciencia de un menor con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con uno de sus progenitores. La conducta se denomina alienación parental cuando es realizada por uno de los padres, quien, acreditada dicha conducta, será suspendido en el ejercicio de la patria potestad y régimen de convivencias que tenga decretado. En caso de que el padre alienador tenga la guarda y custodia, ésta pasará de inmediato al otro progenitor”.
Tres meses después de la derogación (24 de octubre), la Suprema Corte de Justicia validó la definición de alienación parental, al revisar un asunto sobre el Código de Oaxaca. Lo hizo bajo el criterio “que estas conductas existen, se trata de violencia familiar contra niños y adolescentes, y la legislación lo debe regular atendiendo al interés superior del menor”.
DAVID: DÍAS Y NOCHES. Los artículos 62 y 73 del Código de Procedimientos Civiles de la CDMX establecen multas desde 6 mil a 60 mil pesos –a doblar en caso de reincidencia— aplicables a padres con la guarda y custodia provisional, renuentes a presentar a los chicos en las convivencias con el otro progenitor. También contempla arresto hasta por 72 horas.
“Los jueces tienen amplias facultades de brincarse multas y arrestar a los implicados, hasta que se convierta en un delito por desacatado a mandato judicial, pero se niegan, aun cuando llevan casos en los cuales el hijo es botín, víctima de guerras emocionales. Los papás prefieren pagar y los procesos se alargan por años”, asegura la abogada Valeria Ortiz, experta en este tópico.
Isela Margarita González: 2 mil 570 días sin ver a sus hijos; Roberto Garay: 2 mil 443; Carlos Ramírez: 2 mil 342… Julio César Jiménez, quien sin justificación dejó de convivir con su hija Nataly mil 111 días, creó una plataforma estadística para registrar casos y contabilizar los días de ausencia. “Son procesos largos, burocráticos. Después de 3, 5 o 7 años, la vinculación entre padres e hijos es muy complicada. Si los tribunales tuvieran una base de datos, ¿cuántas vidas de niños se habrían salvado?”, dice.
Una de las historias registradas es la de David Uribe, con mil 305 días sin abrazar a Renata: dejó de verla cuando tenía tres meses. A principios de 2015 se separó de quien era su pareja. “Alejaré a la niña de ti”, amenazó ella.
“Busqué un acuerdo para ver a mi hija, pero la señora no lo permitió, cuando llegaba a buscarla me cerraba la puerta o se arrancaba en el coche, por eso promoví un juicio para tener régimen de convivencia; llevo casi cuatro de lucha y cinco abogados, y nada ha pasado”, cuenta a Crónica.
Un juez le concedió una convivencia cada quince días, los sábados de 11 de la mañana a 6 de la tarde, pero la contraparte se amparó con el argumento de falta de trato entre la pequeña y su padre. El juzgador aceptó la excusa y modificó el dictamen: David podía ver a la niña una hora cada semana, en un centro de convivencia del TSJCDMX, con la idea de familiarizarse con ella. Además, le impuso a él una pensión alimenticia del 20 por ciento de sus ingresos, la cual ha sido cubierta desde entonces. Pese a la resolución, la mujer incumplió: nunca presentó a Renata…
“Ha preferido dejar la pensión alimenticia en el juzgado, no recoge el dinero con tal de apartarme por siempre de la niña. Ha evadido las notificaciones dando domicilios falsos en Topilejo y Milpa Alta”, narra.
—¿Qué medidas de apremio se han aplicado para obligarla a cumplir con la decisión judicial?
—Nada de lo que está en las leyes ha dado resultados. Son multas, pero no se le han podido hacer efectivas por los domicilios inexistentes, argucias de sus abogados y recovecos normativos.
—¿Qué postura han asumido jueces y magistrados?
—Están en su círculo vicioso, con una carga de trabajo excesiva, rebasados por este tipo de asuntos, lo que se suma a la negligencia e ineptitud del personal: jueces, secretarios y actuarios. Se han equivocado hasta en generar cédulas de notificación, por errores en nombres y fechas.
Y mientras, se aflige, “me he perdido sus primeros pasos, sus primeras palabras, su primer todo. ¿Quién me regresará el tiempo con mi hija? Quizás ni siquiera sabe de mí, y me duele”….
Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Guanajuato, Durango, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán
Chiapas, Estado de México, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Tlaxcala y Ciudad de México (figura derogada en 2017)
Campeche, Chihuahua, Hidalgo,
San Luis Potosí, Sinaloa,
Sonora y Zacatecas
También en la Cámara de Diputados se han presentado iniciativas para incorporar esta figura en el Código Civil Federal, sin embargo
se archivaron u olvidaron
Fuente: Materia Familiar
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