Opinión

Los OPLE y la reforma electoral

Los OPLE y la reforma electoral

Los OPLE y la reforma electoral

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

Con sólo una condicionante, que hoy explicaré, la semana pasada encomié una reforma constitucional aprobada por el Senado en diciembre de 2016 y ya turnada a la Cámara de Diputados, en la que se propone darle certezas mayores a los OPLE (Organismo Público Local Electoral), sobre todo en materia presupuestal, para resistir y/o combatir los embates autoritarios externos provenientes de gobernadores, de los propios congresos locales y de los secretarios de Finanzas.

En efecto, creo que faltan equilibrios en la reforma aprobada. Si bien es necesario establecer o fortalecer las autonomías de Institutos, Comisiones y Tribunales electorales estatales, también lo es que hay que proveerles instrumentos para encarar los embates autoritarios internos.

¿A qué me refiero? Me refiero en especial a los excesos en el gasto en general de los OPLE, que los consejeros impulsan, toleran u omiten vigilar. Hablo de adjudicaciones directas como método preferencial de adquisición de bienes y servicios por encima de las licitaciones públicas; de sobrepresupuestaciones y subejercicios recurrentes; de traslado de recursos financieros de una partida de gasto a otra (o inclusive entre capítulos) sin soportes legal u operativo adecuados; y los enormes e injustificados aumentos de salarios, bonos y prestaciones, así como los millonarios “pagos de marcha” que algunos consejeros se autoaprueban al término de su gestión, a manera de “liquidación”, como hicieron los y las consejeras del Instituto capitalino en 2013; en aquellos “finiquitos”, el más modesto se llevó un cheque por 2.3 millones de pesos.

Que conste que no generalizo, pero “en arca abierta, hasta el más justo peca”. Creo que la autonomía presupuestaria deberá venir, si viene, con controles particulares muy concretos; y deberíamos empezar por un fortalecimiento equivalente de los órganos internos de control, de auditoría, quejas, denuncias y responsabilidades. Es decir, una fiscalización interna reforzada y autónoma o cuando menos disponer en la reforma mecanismos transparentes para la designación, ratificación, rotación y remoción de los titulares de las contralorías internas, y su duración en el cargo, que además deberían contar con atribuciones específicas y amplias para vigilar el correcto y legal ejercicio del gasto en estas instituciones electorales locales y sancionar las conductas que probadamente se desvíen del canon legal establecido.

Sé que el nuevo sistema nacional anticorrupción, y sus similares en los estados, en su enorme complejidad, contemplan un fortalecimiento del combate al flagelo pero, si no me equivoco, lo hace respecto de los órganos externos de vigilancia, como las Auditorías Superiores, las Contralorías Generales de los Poderes Ejecutivos y hasta crea las Fiscalías especializadas en la materia.

Me consta también que algunos órganos autónomos ya no nombran a sus propios contralores o contraloras, sino que se los designa el respectivo congreso, como sucede con el INE y con el IECM, por ejemplo.

Mi alegato es que para prevenir y combatir los excesos de gasto, la autonomía presupuestaria por sí misma, sin acotaciones, no resolvería el problema, lo ampliaría. Como dijera mi abuela: “¿Más dinero? ¡Más reglas!”.

gsergioj@gamil.com

@El_Consultor_