Opinión

El dilema del semáforo: la Inteligencia Artificial en la gestión pública

IA Agéntica

El jueves 13 de noviembre tuve oportunidad de participar en el Congreso Internacional de Derecho Administrativo e Inteligencia Artificial, organizado por la Facultad de Derecho y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, en el que analizamos desde distintos puntos de vista el uso de la tecnología digital relacionado con los procedimientos, la contratación pública, la protección de los derechos humanos y la interacción de las personas con las grandes organizaciones del sector público ampliado.

La regulación, la enseñanza, la administración pública, la protección de datos personales, el uso de algoritmos, las ciudades inteligentes, las redes sociales, los servidores públicos digitales, el combate a la corrupción y los derechos fundamentales fueron objeto de una revisión acuciosa por especialistas del derecho iberoamericanos bajo la óptica de la inteligencia artificial (IA).

Hace 60 años la inteligencia artificial avanzada eran el Apollo Guidance Computer, que era el instrumento de navegación con 4 KB de memoria RAM (borrable) y 72 KB de memoria ROM (de cuerda), y cinco Mainframes IBM System/360 Modelo 75, que hacían los cálculos complejos en tierra en tiempo real. Esta IA permitió que el viaje a la Luna fuera posible. Hace 40 años fue la expansión del internet con la creación de la red www; hace 20 fueron las plataformas y las apps en dispositivos móviles, hace 10 años el metaverso con los cascos oculus o el mapa callejero de google y recientemente la inteligencia artificial generativa (IAGEN).

La mayoría de los temas en el congreso referido versaron sobre la IAGEN por los riesgos que implica para la forma de concebir el mundo jurídico y la manera de actuar en el mismo en sus dimensiones profesionales, académicas, gestión pública, administración de justicia, contratación, entre otras muchas. ¿El ser humano puede ser remplazado? ¿Las máquinas pueden dictar el derecho? ¿Los mecanismos de la IAGEN deber ser transparentes? Entre una infinidad de cuestionamientos.

El semáforo que se utiliza para ordenar el tránsito de vehículos es una forma primitiva de IA, que sustituyó a los policías que presencialmente daban el paso en los cruceros más concurridos de las ciudades. Este personaje urbano todavía existió en algunas poblaciones pequeñas hasta fines del siglo pasado.

El semáforo es un artefacto que automáticamente, con base en la tecnología del cronómetro, cambia las luces para dar el paso con la luz verde o negarlo con la roja y enviar un mensaje de precaución con la amarilla. En estas órdenes que dicta la autoridad a los conductores de vehículos y peatones no se ajustan a los elementos básicos de un acto administrativo y la voluntad de las autoridades es indirecta, pero generalmente obedecida. El control de su cumplimiento lo realizaban policías, pero paulatinamente estos también fueron sustituidos por un sistema de cámaras que detectan una violación de tránsito y emiten las multas correspondientes. También la intervención de la voluntad humana es marginal o exclusivamente formal.

La programación del semáforo no ha sido objeto de tantos cuestionamientos como la IAGEN, ni hay solicitudes de información para conocer los algoritmos, ni los sesgos para que a los vehículos que circulan por una avenida se les otorgue el paso durante sesenta segundos y a otros que transitan por una calle 30 segundos, ni para que se funde y motiven las razones para ocupar en un crucero un sistema de semáforos de cuatro, seis u ocho tiempos. Esta programación afecta a la movilidad de las personas y se imponen reglas a más de la cuarta parte de la vida de quienes circulan en una zona metropolitana con sus vehículos.

La IAGEN también puede utilizarse en el sistema de semáforos, porque es posible que el cambio de luces reconozca patrones de circulación y modifique los tiempos de espera conforme al comportamiento del tránsito de vehículos y las condiciones urbanas y sustituya a las patrullas haciendo los cortes de circulación cuando hay un accidente o una vial que bloquean una avenida.

Esta IAGEN operará, también, sin la intervención de las personas y con esto cualquiera de las reglas del derecho administrativo serán relegadas y, seguramente, habrá poco cuestionamiento como ha sucedido. Entonces, el dilema del semáforo consiste en conocer el momento o el hecho relevante en un procedimiento judicial o administrativo en el que debe exigirse la intervención humana o la transparencia de los algoritmos. En la inmensa mayoría de las ocasiones la IAGEN funciona sin mayor relevancia para el derecho.

Por ejemplo, para la emisión de acuerdos de trámite en un procedimiento ¿se requiere de la intervención humana o es indispensable conocer el código fuente? ¿La sustitución de servidores públicos en estas tareas implica la disminución del empleo público? La reflexión sobre la IAGEN debe considerar que, como sucedió con los semáforos, los principios del derecho administrativo están en profunda revisión y muchos son obsoletos.

Profesor de la Universidad de las Américas Puebla

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