Opinión

El bicentenario de la Constitución Federal de 1824.

El 31 de enero se cumplen 200 años de la promulgación del Acta Constitutiva de la Federación Mexicana emitida por el Segundo Congreso Constituyente mexicano, instalado el 07 de noviembre de 1823, en circunstancias de gran inestabilidad política y un fuerte debate sobre la forma de gobierno que asumiría la república naciente y una gran influencia de las diputaciones provinciales, así como de las jefaturas políticas y militares de las intendencias.

El Acta Constitutiva, bajo la visión de les redactores de la obra clásica, México a través de los siglos, dirigida por Riva Palacio, tranquilizó las inquietudes de los revoltosos en los estados que habían instalado congresos y decretado que sus pueblos eran independientes y, por lo tanto, exigían una Federación en México. Este documento había sido elaborado y discutido sin que se hubiere aprobado en el Primer Congreso Constituyente Mexicano, 1822-1823. Jalisco y Zacatecas encabezaron la rebelión cuya conclusión fue que los estados no legitimarían un proceso constituyente que no tuviera con fin último el establecimiento de una república federal.

Constitución Federal de 1824

Constitución Federal de 1824

Especial

El constitucionalismo mexicano no inicia en 1824. Este se manifiesta inmediatamente después de que el Tratado de Córdova no fue aprobado en España, en 1822, con la instalación del Primer Congreso Constituyente, disuelto y reintegrado en menos de un año por efectos del Plan de Casa Mata, que sublevó a las diputaciones provinciales y que obtuvo la abdicación de Agustín I, Emperador de México. Sin embargo, este primer intento de otorgar un estatus político a México frente a las potencias extranjeras, especialmente España, fue considerado ilegítimo debido a que la representación de los estados no había sido suficiente bajo la perspectiva que estos se consideraban independientes y soberanos en todo lo relativo a su régimen interior.

¿Quién era el soberano? ¿Quién tenía la potestad de convocar a un constituyente? ¿La nación representada por la junta provisional gubernativa y la regencia ante la ausencia de un monarca europeo? ¿los estados representados por las diputaciones provinciales? ¿la nación, que recupera su poder originario, y lo ejerce a través de los ayuntamientos? La primera de las posibles soluciones fue un emperador, electo por el primer Congreso, y la segunda fue un congreso en el que los estados estuvieran representados proporcionalmente conforme a su población.

Esta Acta Constitutiva fue la condición jurídico política para que se legitimaron por los estados los trabajos que conducirían a la primera Constitución Federal Mexicana en 1824 y, en ese sentido, se puede afirmar que es el primer antecedente jurídico del Federalismo. Esa es la importancia que se recuerde que en este hecho constitucional también se pactó anticipadamente la división de poderes, así como la creación del Senado y la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En este contexto, en el Poder Judicial del Estado de México, el 31 de enero, en el Salón de Plenos Alterno conmemora su promulgación que marcó la propia erección del Estado de México, que sucedió con la instalación de la legislatura constituyente local el 02 de marzo que se instaló en la calle del Indio Triste, en la Ciudad de México, que dejó de ser su capital el 18 de noviembre de 1824.

Lee también

El Estado de México, en donde residía la intendencia colonial y la diputación provincial de México, se consideró entre los 19 estados convocantes a la integración de la Federación y fue el que tuvo la mayor representación por su tamaño que abarcaba los hoy estados de Guerrero, Hidalgo, Morelos y la actual Ciudad de México. Incluía 5 distritos México, San Juan Teotihuacán, Taxco, Toluca y Tulancingo.

Un dato interesante es que el Acta Constitutiva se aprobó el 24 de enero de 1824, pero se promulgó a una semana después. Esto ocurrió por una circunstancia que marcaría la vigencia de la Constitución de 1824, once años, que fue abrogada por la constitución centralista. Durante este proceso en la Ciudad de México había una revuelta emprendida por el General Lobato, en la que intervino indirectamente, López de Santa Anna, quien estaba siendo procesado por insubordinación, y esta asonada y otras más en los estados perdieron fuerza cuando los estados suscribieron el acta constitutiva el día 30 de enero, un día previo a su promulgación.

Este dato es destacable porque en el panorama historiográfico contemporáneo, que es revisionista con base en la obra de Nattie Lee Benson, Michael Costeloe, Marcello Carmagnani, Charles Hale y Jaime Rodríguez, se plantea que el Acta Constitutiva y la Constitución de 1824 establecieron una confederación, bajo el principio de la cosoberanía muy cercano a la teoría separatista norteamericana sin que hubiera conocimiento previo y el debate público se desarrolló con base en las ideas liberales españolas y francesas y la experiencia de los mexicanos en la Constitución de Cádiz.

También es destacable porque demuestra que la construcción de una vida constitucional y el funcionamiento de los poderes públicos terminaron triunfando y dando vida a la nación mexicana. Este tipo de conmemoraciones recuerdan que esta construcción es permanente y vigente. Los personalismos pasan a un segundo plano, cuando se impone la institucionalidad.

Investigador del Instituto Mexicano de Estudios

Estratégicos de Seguridad y Defensa Nacionales

cmatutegonzalez@gmail.com

Facebook.com/cmatutegonzalez

Twitter @cmatutegonzalez

www.carlosmatute.com.mx