Opinión

Educación Liberal (1)

Frente a la educación comunitaria que nos impuso el gobierno federal, hay que reivindicar las virtudes de la educación liberal. Hablo desde el supuesto de que las palabras en lengua española conservan todavía su significado --aunque la retórica presidencial se esfuerza por demostrar que esto no sucede.

La palabra “liberal” no le gusta al presidente de la república; en realidad la confunde sistemáticamente con el sustantivo y adjetivo peyorativo “neoliberal”. Su visión rudimentaria le lleva a pensar que liberal equivale a individualismo, egoísmo, aspiracionismo, competencia, mercado, lo cual es falso.

El liberalismo no es neoliberalismo. El neoliberalismo es una doctrina económica --con pretensiones omnicomprensivas--, que propone al mercado como motor del desarrollo social. En cambio, el liberalismo, a secas, es una doctrina política que propone un orden social basado en la libertad, la tolerancia, los derechos humanos, la democracia constitucional y el respeto a la ley.

Pero hay un liberalismo igualitario propuesto por John Rawls en su Teoría de la justicia. Según esta proposición, una constitución liberal, además de garantizar las libertades básicas para todos los ciudadanos, debe establecer el deber del Estado de atender las necesidades básicas de la población socialmente desfavorecida.

Desde esta perspectiva teórica, el filósofo del derecho Rodolfo Vázquez (ITAM) escribió la obra Educación liberal. Un enfoque igualitario y democrático (Fontamara, 1997) cuya lectura es indispensable para quienes se preocupan por el presente y el futuro de la educación.

El libro de Vázquez tiene tres capítulos. En el primero, el autor hace explícitos los fundamentos éticos de un modelo liberal y democrático de educación. En el segundo, presenta el modelo liberal de educación y lo contrapone con tres modelos alternativos: el tradicional, el libertario y el comunitario. En el tercero, se ofrecen dos vertientes: una justificación ético-política de la educación y otra que da cuenta de los valores inherentes a la educación.

Desde el punto de vista ético, Vázquez se inclina a favor de un objetivismo moral, en oposición a las propuestas del absolutismo moral y las del subjetivismo moral. Esto se traduce así: el autor acepta premisas normativas a partir de la práctica social de la discusión moral y asume la perspectiva de la universalidad y la imparcialidad. Enseguida viene una exposición de los principios que servirán de marco regulativo para el modelo liberal de educación. Esos principios son: a) El principio de autonomía; b) El principio de dignidad y c) El principio igualdad.

Si se asume la discusión moral como práctica real, se debe aceptar que la autoridad (convencional) será susceptible de crítica, rasgo que refleja el valor de la autonomía. La autonomía moral (y la autonomía personal) es propia de la concepción liberal de la sociedad y prescribe: a) Que siendo valiosa la libre elección individual de planes de vida y la adopción de ideales de excelencia humana, b) El Estado no debe intervenir en esa elección y debe limitarse a diseñar instituciones que faciliten la persecución individual de esos planes de vida.

El principio que justifica las propiedades de racionalidad, universalidad e imparcialidad del punto de vista moral, es el de dignidad. Este principio prescribe que siendo valiosa la humanidad en la propia persona, o en la persona de cualquier otro, no debe imponérsele contra su voluntad sacrificios o privaciones que no redunden en su propio beneficio. Este principio se opone a la concepción utilitarista que habla de cantidad total de felicidad social, olvidándose de la separabilidad e independencia de las personas.

Las personas son independientes unas de otras, pero, aunque son diferentes en algún aspecto, son idénticas según otro. La igualdad es una noción relacional entre personas o cosas. En principio: cuando no hay diferencias relevantes “todos los seres humanos deben ser tratados como iguales”. Cuando hay diferencias relevantes, los seres humanos deben recibir un trato diferenciado. Una institución satisface el principio de igualdad si y solo si su funcionamiento está abierto a todos en virtud de principios de no discriminación y, una vez satisfecha esa prioridad, adjudica a los individuos beneficios o cargas diferenciadamente en virtud de rasgos distintivos relevantes.

Se ha criticado al liberalismo diciendo que la prioridad de los derechos sobre alguna concepción determinada del bien, solo se puede hacer desde la postura de un “yo sin ataduras”, es decir, un yo entendido como anterior a los propósitos y los fines; es decir, para los liberales lo que importa no son los fines, sino nuestra capacidad para escogerlos. Esta crítica al liberalismo ha llevado los defensores de éste a precisar los rasgos de la persona moral. Son los siguientes: a) las personas tienen capacidad para elegir fines, definir intereses, formar deseos, pero también tienen capacidad para cambiarlos; b) ésta capacidad es previa a cualquier fin; c) la elección de fines permite aislar a la persona del flujo causal en el que se halla inmersa; d) las personas morales están separadas entre sí; e) las personas colectivas no son personas morales. (Continuará).