Opinión

Mariana e Irinea, historia de dos crímenes

A casi 12 años de distancia del feminicidio de Mariana Lima Buendía, hoy todavía no existe formalmente un responsable de su muerte.

La familia de Mariana Lima Buendía, a más de una década de distanmcia aún esperan que se haga justicia./

Irinea Buendía, madre de Mariana, aún sin que se haga justicia./

Cuartoscuro

Mariana, pasante en Derecho, dedicada también a las labores del hogar, fue supuestamente hallada sin vida por su esposo, en su domicilio en Chimalhuacán, Estado de México, el 29 de junio de 2010.

En su primera declaración, su esposo, quien además fungía entonces como agente de investigación de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, narró que aproximadamente a las 7:10 am llegó a su domicilio y encontró colgada a su esposa, cortó la cinta que sujetaba su cuello, la recostó en la cama, le dio masaje en las piernas, pero ya no consiguió reanimarla.

En una segunda declaración, ese mismo día, narró la forma en que su esposa supuestamente habría perdido la vida. Dijo haberla visto por última vez un día antes de los hechos, a las 10:00 hrs., que recibió una llamada de Mariana, aproximadamente a las 13:00 hrs. y pudo advertir, por su tono de voz, que se encontraba bajo los influjos del alcohol; la llamada se cortó y no pudo contactarla nuevamente porque, según él, ella apagó su celular. Hasta el día siguiente, el 29 de junio, llegó a su casa a las 7:10 am y como no portaba llaves, quitó un alambre de la puerta exterior, entró al patio; la puerta interior estaba cerrada con seguro por dentro, tocó en repetidas ocasiones y, al no recibir respuesta, se introdujo al domicilio por una ventana. Ya adentro, en la recámara, encontró el cuerpo de su esposa sin vida, colgado de una bisagra inserta en la pared de la habitación, cortó la cinta de cáñamo que la sujetaba, la recostó en la cama y trató de reanimarla sin éxito. Dijo también haber encontrado un recado póstumo en el lado izquierdo sobre la cama, en que Mariana decía a sus padres que la perdonaran, que se cuidaran y que le dejaba su teléfono celular para que lo vendieran. Nota que nunca fue encontrada.

A las 13:30 hrs. del mismo 29 de junio, la madre de Mariana, Irinea Buendía Cortez, rindió declaración en la que describió hechos violentos a los que Mariana fue sometida por su esposo desde el inicio de su matrimonio, 18 meses atrás. Su esposo era controlador, celoso, no la dejaba salir de su casa, la golpeaba e insultaba diciéndole que no servía para nada y constantemente la humillaba. El 28 de junio fue el último día que Irinea vio con vida a su hija. Luego de otra agresión física, Mariana le dijo a su madre que su pareja ya no la quería en su casa, que le había dicho que arreglara sus cosas y se fuera, que le había perdido la confianza acusándola de robarle dos mil pesos. Mariana acordó con su madre que denunciaría a su esposo, se saldría de su domicilio y se iría a vivir a casa de sus padres.

En una investigación ministerial -si es que se le puede llamar así a una serie de actuaciones conducidas tendenciosa y negligentemente- plagada de irregularidades y con fundamento en cualquier cosa, menos en la evidencia forense disponible, se concluyó que Mariana se había suicidado. De no ser por la determinación de Irinea Buendía, quien no ha cejado en exigir justicia, la muerte de Mariana podría ser hoy una más sumada a la trágica estadística del olvido estatal. Luego de interponer una serie de recursos legales, incluido el amparo y la revisión contra la sentencia respectiva, Irinea consiguió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajera el caso y, en una icónica sentencia dictada el 25 de marzo de 2015, determinó que todas las autoridades competentes que participan en la investigación de una muerte violenta cometida contra una mujer, deben emplear la perspectiva de género, es decir, que deben iniciarla bajo la premisa de que la mujer víctima, probablemente estuvo sometida a alguna especie de violencia (física, emocional, sexual, económica, reproductiva, patrimonial, etc.) y sólo cuando de la indagatoria diligente se desprenda que no existió una razón de género, entonces puede descartarse este supuesto y no a priori, como ocurrió en el caso de Mariana, en el que de plano se desterró cualquier otra línea de investigación que no fuese el suicidio que, evidentemente, no es un delito y que, por lo tanto, permitió dictar el no ejercicio de la acción penal en contra de cualquier persona.

En la misma sentencia del amparo en revisión 554/2013, la Corte concluyó -con otras palabras- que, en la investigación, existió una serie de vicios como la ausencia de resguardo de la escena de los hechos, inobservancia de la cadena de custodia, carencia absoluta de recolección de la evidencia más elemental de que se disponía en el lugar del hallazgo y que, incluso los “peritajes” practicados, no dieron cuenta de la complejidad de los hechos, adolecieron de imprecisión y de omisiones insoslayables.

Tenemos, por un lado, el concierto de servidores públicos para obstruir el acceso a la justicia y la negación de origen de explorar la muerte violenta cometida contra Mariana, con una visión de género, es decir, partiendo de los antecedentes fácticos puntuales, conocidos por el Ministerio Público, que indicaban que Mariana había sido sometida a múltiples formas de violencia por parte de su esposo y, por el otro, el tortuoso camino que de forma forzada ha tenido que transitar Irinea, víctima indirecta de la muerte de su hija, a quien se le debe no sólo la vida arrebatada de un ser amado, sino también la verdad y justicia, luchando contra el poder del Estado, enfrentando el actuar de áreas supuestamente especializadas en la investigación criminal y señalando una y otra vez las falencias de sus investigaciones.

Cuando la Corte conoció del amparo en revisión, los actos sujetos a su escrutinio no versaron sobre la responsabilidad penal de ninguna persona, sino sobre la adecuada investigación de la muerte cometida contra Mariana Lima. Como consecuencia de la sentencia, el proceso debió reponerse, obligando a la Fiscalía del Estado a realizar una nueva investigación, esta vez sí empleando la perspectiva de género. El 23 de junio de 2016, el ex esposo de Mariana fue detenido y, a la fecha, se encuentra privado de su libertad, pero sin sentencia.

Omití muchos aspectos más que, francamente, dejan muy poco espacio para especular. La investigación ministerial fue absolutamente sesgada. Poco, muy poco, es lo que se hizo de forma correcta. ¿Cuántos más como este soportaremos?