Opinión

Montesquieu 2022

Una pluma clásica lo es por dos razones. La primera, porque presenta un resumen sintético y completo de su época; la segunda, en tanto habla de cuestiones esenciales a la condición humana, logrando una vigencia eterna por medio de ideas que nos sirven para explicarnos al mundo.

Montesquieu, en mi opción, logra una permanencia en las ideas políticas porque no deja de referirse a temas que son actuales, como el poder y los derechos de las personas. O, aunque nombrados de variada forma, podemos decir que son eternos.

En su famoso análisis acerca de la Constitución de Inglaterra, Montesquieu habla de la necesidad de dividir el poder a efecto de conseguir la protección de la vida y la libertad. La división tripartita que explica, con poderes que hoy rotulamos como ejecutivo, legislativo y judicial, permite que el poder no se vuelva tirano y abusivo.

La división de poderes entonces, claramente, es un instrumento, una técnica, no un fin por sí mismo. Así, los bienes tutelados son la finalidad, y lo que presenta nuestro autor es una manera de otras posibles para lograr tal objetivo.

Ahora bien, dado el momento en que escribe Montesquieu, a mediados del siglo XVIII, y considerando que toda obra es hija de su tiempo, debemos atender a que trabaja en un momento en que no ha surgido con toda su fuerza el modelo de producción capitalista que, hijo de la Revolución Industrial y la derrota del feudalismo en Francia, terminaría por concentrar en pocas manos y pocos países una fuerza económica nunca vista por la humanidad.

En los siglos XVIII y XIX, el poder político se encontraba en transformación. Siguiendo por ejemplo a Michel E. Tigar (por cierto, uno de los defensores de los famosos “Siete de Chicago”) con la Revolución Francesa termina el feudalismo, y nace el modelo capitalista de producción, que en realidad es una cierta manera de entender a la sociedad y acomodar los grupos que están dentro de la misma.

Por tanto, también es una forma de producir gobierno y derecho.

Para las mentes de aquella época, los derechos se encontraban en peligro por la acción estatal. Venía, recordemos, de monarcas absolutos, que incluso siguieron existiendo en algunos lares. Así, el poder que estudiaban buscando domeñarlo, era el político.

Si bien ya existían atisbos del capitalismo empresarial, este no se desarrolla sino entrado el siglo XIX, así que la riqueza no es vista como un peligro para los derechos. De alguna manera, la posibilidad de adquirirla era vista como un derecho, a través de la propiedad, que debía ser protegida sobre todo de los malos gobernantes.

De esta forma, la división del poder es la máxima protección de los nacientes derechos humanos.

Si el día de hoy el distinguido Barón renaciera, y con su mente aguda reflexionara sobre lo que pone en riesgo a la libertad y la vida tan caras a sus intenciones, es probable que reescribiera su obra, y presentara como riesgos potenciales, tal vez más fuertes que los provenientes del gobierno, a los poderes económicos.

¿Todo capital es enemigo de los derechos? No, en tanto reconozca al estado como el regulador de los intereses particulares. Pero a la vez, el aparato estatal debe asumirse como un garante de los derechos, sin que se vea como un fin en sí mismo.

Tal vez pensaría en los poderes digitales, tan fuertes y dispersos, que con la apariencia de democratizar la discusión, no dejan de guiarla con algoritmos que suelen ser sesgos disfrazados de neutralidad.

Realidades que estuvieron lejos del tiempo de nuestro autor, pero que pueden ser pensadas con la guía de sus ideas. Eso lo hace un clásico.

Montesquieu

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