Opinión

Suspensión de la propaganda gubernamental por la revocación de mandato

En vista a la revocación de mandato, hemos entrado a una etapa en la que se prohíbe la transmisión o presentación de propaganda gubernamental. Esta es una de las peculiaridades de nuestro sistema electoral, que contiene diversas regulaciones en cuanto a lo que puede o no presentarse en época de comicios o de mecanismos de participación ciudadana.

Básicamente esto consiste en suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno de la Ciudad de México, y cualquier otro ente público.

Las únicas excepciones constitucionales a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

La razón de estas disposiciones es evitar que la intervención gubernamental, al promover sus logros o acciones, tenga un efecto en la ciudadanía, orientándola a votar en algún sentido, obviamente favorable a la autoridad que realiza la promoción.

Respecto la revocación de mandato, uno podría suponer que la suspensión de propaganda debería afectar exclusivamente al Poder Ejecutivo; sin embargo, la redacción de la Ley Federal de Revocación de Mandato, alcanza a todas las autoridades.

Así, quedan prohibida la difusión de obras de gobierno, acciones o políticas públicas.

Sin embargo, estando como nos encontramos en medio de una pandemia, podemos suponer que los servicios de salud pueden seguir informando, por ejemplo, de los lugares en los que se pondrá la vacuna contra el COVID-19, así como los horarios y lugares.

De igual manera, de presentarse alguna emergencia que active la protección civil, tal como huracanes, tormentas o inundaciones, las autoridades respectivas podrán emitir los mensajes necesarios para la población.

Similar situación se presenta con lo relativo a la educación pública. Por ejemplo, la difusión de fechas y lugares en os que se aplicará algún examen de admisión.

Las autoridades deben continuar cumpliendo con sus obligaciones en materia de información, por tanto, sus portales deben mantenerse, ya que permiten a la ciudadanía realizar distintos trámites así como conocer los requisitos para los mismos o para acceder a algún programa público.

Sin embargo, en todos estos casos que he apuntado, se debe evitar la promoción velada de algún funcionario o funcionaria pública. Por presentar un ejemplo, no es lo mismo informar dónde ser realizará la vacunación, que utilizar como imagen o modelo a un médico con un cargo en el servicio público.

Por su parte, el INE podrá realizar la campaña de difusión necesaria para la revocación de mandato, a fin de que la ciudadanía sepa que la misma se va a celebrar, conozca la forma en que puede participar, así como la ubicación de los centros de votación.

Existen ya criterios de los tribunales electorales que podrá servir a las autoridades para definir, con la mayor precisión, qué conductas pueden continuar realizándose, porque inciden en el derecho que tenemos al acceso a la información pública, y cuales deben evitarse, por entrar en el supuesto de propaganda gubernamental.

Foto: Especial

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