
Porque hay un hecho que posiblemente sea un delito y que debe de ser investigado, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción abrió una indagatoria por el caso de la ex conductora del programa de televisión “¿Qué quiere la banda?“, Elizabeth Castro Cárdenas, quien recibía un sueldo de 73 mil pesos al mes como asesora técnica en el Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA) sin el perfil profesional para ello y sin presentarse a trabajar ahí.
El titular de la fiscalía, Gerardo Ignacio de la Cruz Tovar, informó en entrevista radiofónica, que no fue necesaria la presentación de una denuncia para iniciar la carpeta de investigación, pues se actuó de oficio ante la presunción de uno o varios delitos cometidos por servidores públicos.
El zar anticorrupción estatal dijo que como parte de su función tiene las facultades para indagar el caso y solicitar a las instancias correspondientes los documentos necesarios así como las características y requisitos que se deben tener para desempeñar el puesto que ocupaba en el SIAPA la mujer aludida.
Al hablar de un supuesto en el que en la administración pública, se le da cierto cargo a una persona sin el perfil y la experiencia requeridos legalmente para cubrirlo, el fiscal consideró que “si designas a alguien así, que no cuenta con ese requisito se está cometiendo un delito, tanto por quien lo designa como por la persona que está cobrando y llevando a cabo la función; aunque esté haciendo su trabajo, carece de los requisitos establecidos en la ley.
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De la Cruz Tovar expresó que en el caso concreto de Eli Castro, está obligado a respertar la presunción de inocencia por lo tanto no puede adelantar “que existe ya un hecho delictivo”, pero señaló que se va a investigar la probabilidad de que se hayan cometido peculado -en el caso de que se cobró sin trabajar- o ejercicio indebido de funciones, en el supuesto de que la persona no cumplía con los requisitos de ley para el desempeñar el nombramiento.
Agregó que se trata de delitos sin pena elevada, pues el ejercicio indebido de funciones tiene una penalidad de dos a seis años de prisión, mientras que para el peculado se contemplan de tres meses a seis años de cárcel.