
Sin transmisión en tiempo real ni convocatoria en la Gaceta del Senado, las comisiones unidas de la Guardia Nacional y de Estudios Legislativos Primera aprobaron el dictamen de la nueva Ley de la Guardia Nacional (GN), que ente otras cosas permite que sus integrantes puedan contender por cargos de elección popular, lo que ha generado gran polémica.
Ello siempre y cuando soliciten licencia con al menos 90 días de anticipación, o seis meses en caso de aspirar a la Presidencia de la República. Será este sábado cuando se discuta y apruebe esta ley en el Pleno del Senado.
El dictamen aprobado por 14 votos a favor y seis en contra de la oposición, prevén distintos tipos de licencias —ordinaria, ilimitada, especial y por edad límite— que serán autorizadas por el titular del Ejecutivo Federal o de la Sedena para que los integrantes de la Guardia Nacional puedan contender por un cargo de elección popular.
En medio de reclamos de la oposición por la opacidad en que se ha desarrollado el desahogo de esta ley, Morena y sus aliados aprobaron este dictamen que militariza formalmente todas las funciones y pone a la Guardia Nacional bajo mando directo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
La nueva ley establece que la Guardia Nacional podrá realizar “operaciones encubiertas y uso de identidades simuladas” como parte de tareas de investigación preventiva del delito.
Será responsable de preservar la seguridad, la paz social y de ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, incluyendo labores de investigación criminal bajo conducción del Ministerio Público.
De igual manera, solicitar, bajo conducción del Ministerio Público y con autorización judicial a “intervención de comunicaciones privadas y geolocalización en tiempo real” de equipos móviles para fines de prevención del delito.
Con estas reformas, esta corporación podrá auxiliar a autoridades federales, estatales, municipales y de la Ciudad de México en la protección de personas y bienes ante situaciones de peligro o violencia.
También colaborar temporalmente con gobiernos estatales y municipales en tareas de seguridad pública, con el objetivo de preservar la paz social y apoyar al Poder Judicial de la Federación y a la Fiscalía General de la República cuando así lo soliciten.
La Sedena organizará, capacitará y administrará a la Guardia Nacional, además de rendir un informe anual al Ejecutivo.
La ley también permite que los integrantes de la Guardia Nacional puedan contender por cargos de elección popular, siempre y cuando soliciten licencia con al menos 90 días de anticipación, o seis meses en caso de aspirar a la Presidencia.
Se prevén distintos tipos de licencias —ordinaria, ilimitada, especial y por edad límite— que serán autorizadas por el titular del Ejecutivo Federal o de la Sedena.
Asimismo, la legislación endurece el régimen disciplinario de los elementos de la GN, quienes estarán sujetos tanto a la justicia militar como al fuero federal o común.
Se contemplan penas de hasta 10 años de prisión por delitos como uso indebido de insignias o sobornos.
Asimismo se establecen requisitos de ingreso más estrictos, incluyendo certificados policiales y formación obligatoria en derechos humanos. La estructura de la Guardia Nacional replicará rangos y mandos similares a los del Ejército.