Nacional

Corte da revés a sentencia contra indígenas por sabojate

Obliga alto tribunal a autoridades judiciales a tomar en cuenta costumbres y especificidades culturales y que en todo momento las personas indígenas tengan derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que conozcan su cultura

DERECHOS HUMANOS

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un recurso de revisión de un amparo (2359/2020) que fue negado por un Tribunal Colegiado de Circuito a tres personas indígenas sentenciadas por sabotaje, y determinó que las autoridades deben analizar el contexto sociocultural y político en que ocurrieron los hechos para inculpar a estas personas.

Los ministros resolvieron que en los casos en que personas indígenas sean sujetas a un procedimiento penal, las autoridades jurisdiccionales deben evitar criminalizar las formas en que los acusados pretendían ejercer sus derechos, analizando el contexto sociocultural y político en que se suscitaron los mismos para advertir la intención de los inculpados.

Lee también

Yucatán entrega las primeras actas de nacimiento en lengua maya

Fernando Huacuz / con información de efe
Yucatán expide primeras actasd de nacimiento en lengua maya

Apoyados de una tesis de jurisprudencia (18/2023), los jueces constitucionales de la Primera Sala recordaron que “la fracción VIII del artículo 2º de la Constitución mexicana establece que para garantizar el derecho de acceso a la plena jurisdicción del Estado de las personas indígenas, en todos los juicios y procedimientos en que, individual o colectivamente sean parte: 1) se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales; y, 2) que en todo tiempo tienen derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura”.

Así, el alto tribunal determinó que es obligación de las autoridades intervinientes en el proceso de origen, concretamente del órgano jurisdiccional, garantizar el acceso a la justicia de las personas indígenas sobre todo “al haberse apreciado, a nivel internacional, que la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas se da en el marco de una alta y persistente conflictividad social, acompañada frecuentemente de violencia; advirtiéndose una preocupante tendencia a la criminalización de la protesta y la disidencia social”.

Los ministros de la Primera Sala, integrada por su presidente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar, Margarita Ríos-Farjat, Juan Luis González Alcántara y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, indicaron que las autoridades encargadas de la impartición de justicia en materia penal deben ser cuidadosas en evitar que se utilice el derecho punitivo como una forma de criminalizar el ejercicio de los pretendidos derechos de las personas indígenas.