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Diputados facultan a la UIF para dar audiencias ante bloqueo de cuentas bancarias

La bancada morenista otorgó facultades a la Secretaría de Hacienda, vía la UIF, que podrá introducir a un ciudadano a la lista de personas bloqueadas cuando cuente con indicios suficientes de que la persona se encuentra relacionada con delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o los asociados con éstos, además de que será la oficina de Pablo Gómez la que otorgue “el derecho de audiencia” a quien ha sido bloqueado

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La Cámara de Diputados aprobó darle facultades a la UIF respecto a las personas que han sido bloqueadas en sus cuentas bancarias. La Cámara de Diputados aprobó darle facultades a la UIF respecto a las personas que han sido bloqueadas en sus cuentas bancarias. (FOTO: Cortesía)

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP), vía la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), podrá introducir a un ciudadano a la lista de personas bloqueadas cuando cuente con indicios suficientes de que se encuentra relacionada con los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o los asociados con estas conductas delictivas.

Los diputados de Morena y sus aliados del Partido Verde y del Trabajo emitieron 266 votos a favor y 219 en contra por parte de la oposición y cero abstenciones con los que se aprobaron cambios a la Ley de Instituciones de Crédito.

En el documento aprobado se establece que una vez que la persona ha sido bloqueada en sus cuentas bancarias se le otorgará audiencia –previo a realizar una solicitud- para que, dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al que la institución de crédito correspondiente le hubiera notificado los fundamentos, causa o causas de su inclusión en la lista de personas bloqueadas y manifieste por escrito o de manera verbal lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos”.

Esta solicitud de audiencia deberá formularse por el interesado ante la UIF en un plazo no mayor a cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de que conoció las razones para ser bloqueado, que además no le será notificado por escrito ni por el banco ni por la UIF.

El dictamen advierte que darle la obligación a la Unidad de Inteligencia Financiera de notificar por escrito representa una imposibilidad material y un problema práctico para el ejercicio de una función toral del Estado mexicano, que atenta contra los objetivos de la regulación en materia de Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo y del instrumento que significa la emisión de la Lista de Personas Bloqueadas, por lo que esto no fue aprobado.

Y señala: “La UIF no tiene los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo las notificaciones personales propuestas, en función de que se trata de un área de inteligencia que no desarrolla funciones de campo”.

El legislador del PVEM, Luis Armando Melgar Bravo, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, explicó que la reforma tiene como fin respetar a plenitud los derechos procesales, comenzando por la garantía de audiencia de quienes sean incluidos en la lista de personas bloqueadas en el ejercicio de las funciones de combate a los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita y los asociados a los delitos señalados.

Sin embargo, la audiencia no será ante las instituciones del Poder Judicial, sino ante la propia UIF donde podrá exponer sus argumentos y alegatos en su defensa contra el bloque de sus cuentas bancarias. Es decir, la Unidad de Inteligencia Financiera será juez y parte en este proceso al que se le dio carácter administrativo y que resolverá la propia UIF.

“Se trata de un dictamen en calidad de minuta que le da facultades a la Unidad de Inteligencia Financiera para bloquear cuentas, posesiones sin que medie mandato judicial. Un acto administrativo que a diferencia de lo que aquí se ha escuchado, lesiona los principios constitucionales de garantía de audiencia”, señaló el priista José Francisco Yunes Zorrilla.

En tanto, la morenista Lidia García Anaya insistió hoy, como lo dijo en 2019: “Esta reforma no es en contra de la delincuencia organizada, sino contra personas físicas y de personas morales, con nombre y apellido, que han visto vulnerados sus derechos y la legalidad en la cual vivimos. No existe necesidad de aprobar un dictamen que deja en indefensión a los ciudadanos, vulnerando sus derechos de libre audiencia y, sobre todo, de notificación”.

García Anaya volvió a presentar una propuesta de cambio en que reiteró que a las personas bloqueadas se les debe notificar por escrito por la Unidad de Inteligencia Financiara. S”i es la autoridad la que bloquea, se dice no a las cuentas sino a las personas, también debo aclarar, yo no estoy pidiendo una notificación previa, no le vamos a avisar a aquella persona. Estamos solicitando una notificación a posteriori. Está bien, si hay movimientos inusuales financieros hay el bloqueo de cuentas, y que se le notifique a esa persona física o moral”, la reserva no pasó en el pleno y se votó el dictamen a favor.

Esta reforma se discutió en 2019 y pasó a la Cámara de Senadores que la regresó a San Lázaro meses después y es hasta este martes que Morena concreta sus modificaciones, pues una vez que el Ejecutivo reciba el documento con los cambios serán publicado en el “Diario Oficial de la Federación”.

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