Metrópoli

Prohibido hacer paradas o estacionarse en las entradas, salidas y aceras de clínicas y hospitales

Buscan facilitar y garantizar la accesibilidad a todo inmueble destinado para emergencias médicas durante el tiempo que dure la contingencia

Un médico en silla de ruedas pasa junto a una mujer sentada en la calle
Un médico en silla de ruedas pasa junto a una mujer sentada en la calle Un médico en silla de ruedas pasa junto a una mujer sentada en la calle (Personas tratan de tomar las medidas preventivas para no contagiarse del virus COVID-19, ya que tienen que seguir saliendo para monitorear y cuidar a su familiares en el Hospital La Raza)

La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) publicó en la Gaceta Oficial el aviso por el que se da a conocer la prohibición de estacionamiento a las entradas, salidas y en la acera opuesta frente a clínicas, hospitales y todo aquel inmueble destinado para emergencias médicas en todo el territorio de la Ciudad de México durante el tiempo que dure la contingencia por coronavirus, (COVID-19).

Lo anterior con el objetivo de facilitar y garantizar la accesibilidad a clínicas, hospitales y a todo inmueble destinado para emergencias médicas.

Asimismo, las personas que residan, visiten y/o transiten en la capital, deberán sujetarse a las disposiciones en materia de estacionamiento, en las áreas de entrada, salida y en la acera opuesta, frente a éstos, en la red vial primaria y secundaria de la metrópoli

“Se ratifica la prohibición de estacionarse Vialidades Primarias, Laterales de Vías de Acceso Controlado, Ejes Viales y Vialidades principales establecidas en el Reglamento de Tránsito vigente”, se establece en el documento.

Y agrega: “Vialidades Secundarias: se prohíbe a todo tipo de vehículos, el estacionamiento en una longitud de 25 metros antes y/o 25 metros después de la entrada y salida de peatones y vehículos, así como en un espacio de 25 metros a cada lado del eje de entrada en la acera opuesta a ella es decir en una longitud de 50 metros”.

También establece que se permitirá al personal designado por los propios hospitales, clínicas e inmuebles destinados para la atención de emergencias médicas, en las áreas señaladas, la colocación de dispositivos diversos, tales como conos, contemplados en el Manual de Dispositivos para el Control de Tránsito en Áreas Urbanas y Suburbanas.

Sobre sitios y bases debidamente autorizados, La Semovi especifica que: la Secretaría de Seguridad Ciudadana, realizará las reubicaciones correspondientes a fin de que éstos puedan estar en un lugar idóneo donde se garantice la movilidad y la adecuada prestación de los servicios de transporte de pasajeros público.

No obstante, explica que una vez pasada la contingencia por la enfermedad COVID-19, se publicará, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el aviso correspondiente a efecto de que las disposiciones contenidas en la Ley de Movilidad, Reglamento de la Ley de Movilidad y Reglamento de Tránsito, y demás disposiciones en materia de tránsito movilidad, se vuelvan a aplicar correspondientemente.

“Este Aviso entra en vigor este martes 7 de abril; las personas conductoras y/o vehículos que no cumplan con las disposiciones previstas en este Aviso serán sujetos de las sanciones previstas en la Ley de Movilidad del Distrito Federal, Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México y demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables”.

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