
Una idea extendida entre los periodistas y algunos opinadores es que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) era un órgano constitucional autónomo (OCA). Esto es falso. Nunca lo fue debido a que no se emitió la legislación secundaria correspondiente, que era una condición establecida en los artículos transitorios de la reforma constitucional de 2014 para que se constituyera como tal, por lo tanto, fue un organismo público descentralizado de la administración pública subordinada al Poder Ejecutivo hasta su desaparición, derivada de la reforma constitucional del diciembre del 2024.
Conforme a lo dispuesto en el apartado B, del artículo 26 de la Constitución vigente, en el párrafo tercero, la función de medición de la pobreza y la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social se transfirió al INEGI, que es un órgano constitucional autónomo desde la reforma constitucional de abril de 2006. El CONEVAL, durante una década, estuvo en la antesala de asumir la autonomía constitucional, pero nunca la obtuvo y su naturaleza, estructura y funcionamiento estuvieron regidas por la Ley General de Desarrollo Social, emitida en 2005.
En esta lógica, la asunción de las facultades del CONEVAL por el INEGI, en realidad, le otorgó a esta función la autonomía constitucional que la omisión legislativa había negado. Además, hay que reconocer que sus secretarios ejecutivos, los doctores Hernández Licona y Cruz Marcelo, preservaron la autonomía científica del organismo, lo que hacía confiable las mediciones que se realizaron durante el impasse normativo. También, no había mayor interés en que los diputados, órgano político, interviniera en el nombramiento de los consejeros del CONEVAL. Aún más, esta participación era un peligro a su autonomía por el riesgo de que éste órgano se convirtiera en un botín de los partidos políticos.
Cuando López Obrador propuso su desaparición en febrero de 2024, argumentó que el CONEVAL era uno más de los espacios de las minorías que afectaban el proyecto de su transformación y esto lo sostenía a pesar de que él tenía la facultad de nombrar y remover libremente a su secretario ejecutivo. Las funciones de supervisión de las telecomunicaciones, de regular la competencia económica y garantizar la transparencia, si fueron degradas en el ejercicio de la autonomía estructural, financiera y normativa, pero no ha sucedido lo mismo con la medición de la pobreza y evaluación de los programas sociales.
El 11 de agosto se darán a conocer las primeras líneas de la pobreza medidas por el INEGI, con base en el artículo 4 de la Ley General de Desarrollo Social, reformado el 16 de julio pasado. Hoy la responsabilidad corresponde a una unidad independiente y separada del resto de sus actividades por determinación de la junta de gobierno, en ejercicio de su autonomía normativa y no habrá cambios en la metodología y en los reportes que utilizaba el extinto CONEVAL, para garantizar que la evaluación sea comparable en el tiempo.
Esto es un efecto positivo no esperado por el oficialismo que propuso la desaparición del CONEVAL. La autonomía técnica se conserva y hasta se fortalece con las decisiones del INEGI e incluso la unidad creada dispondrá de un presupuesto etiquetado en 2026 para garantizar su desempeño objetivo y profesional.
También, en la supervisión de la aplicación de los recursos de los programas sociales se involucra a la SHCP, lo que no pasaba en los gobiernos anteriores, lo que cual contribuye a que haya una mayor transparencia en su destino y esperemos que sea un medio para limitar el riesgo que este gasto sea clientelar o electorero, pero, en la reforma legal se eliminó la vinculación de los indicadores de resultados, gestión y servicios con el proceso de planeación y programación, así como la intervención de la SHCP, la Cámara de Diputados y la Auditoría Superior de la Federación en su determinación.
Hoy, la junta de gobierno del INEGI la facultad de aprobar el informe final de los resultados de la medición de la pobreza, lo cual puede limitar la independencia que se otorgó a la unidad especializada. Hago votos porque el ánimo de racionalidad y austeridad presupuestal no impere y sea posible integrar un comité de expertos, como existía en el CONEVAL, que aporte sus conocimientos y experiencia en la materia, que es distinta a la que se requiere para el resto de las funciones del INEGI.
El diseño estructural del “nuevo CONEVAL” es un efecto no deseado en la narrativa del gobierno anterior. Ahora esperemos que las garantías de autonomía que le otorgó la junta de gobierno del INEGI a la unidad especializada sean efectivas y se mantenga el trabajo de evaluación profesional y objetivo que se realizaba en beneficio del buen gasto social y a favor de los estratos de la población más desfavorecidos.
Profesor de la Universidad de las Américas Puebla
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