Opinión

Reforma electoral y democracia deliberativa

Reforma Electoral (Carolina Jiménez Mariscal)

Conocemos ya la iniciativa presidencial de reforma electoral, presentada oficialmente el 4 de marzo. Comienza así su camino legislativo, acompañado de una sana discusión pública.

Lo político es aquello que a todas y todos nos interesa.

Sabemos que la iniciativa impacta en dos dimensiones de la democracia mexicana: en la representativa, en cuanto modifica la integración del Senado así como la forma de elección de las curules de representación proporcional de la Cámara de Diputados; y la participativa, al obligar a las legislaturas locales el legislar en materia de plebiscito, referéndum y otras figuras, tanto para lo estatal como para lo municipal.

Las reformas electorales, en la vertiente representativa, tienen un plazo corto para ser aprobadas, así como para su regulación en leyes secundarias, reglamentos y lineamientos, pues todas las reglas comiciales deben estar aprobadas 90 días antes del inicio del proceso electoral, que será en septiembre. Por lo tanto, otras reformas, que incidan en dimensiones diversas de la democracia, pueden procesarse en otros momentos.

Es lo que sucede con la democracia deliberativa. No la encuentro en la iniciativa, lo que no es un defecto, sino el efecto de que, para modificar y regular los mecanismos de esta dimensión democrática, no corre la misma urgencia temporal.

La democracia deliberativa se compone de los mecanismos que permiten a la ciudadanía expresarse ante las autoridades, de manera previa a que estas tomen una decisión que pueda afectarle. En México, el derecho a la consulta existe, ya sea por mandato constitucional, derivado de un tratado internacional o de una ley, a favor de grupos como los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, personas que viven con discapacidad, de la tercera edad, entre otros.

Desde luego este derecho a la consulta no se entiende en un sentido restrictivo, pues puede extenderse a otros grupos como la comunidad LGBTIQ, lo que desde luego convendría constitucionalizar.

En los casos obligatorios, cuando la autoridad omite realizar la consulta, corre el riesgo de que su ley, acción o política pública sea declarada inconstitucional (lo que ya ha pasado) así que la consulta debe realizarse sí o sí.

Pensando en otro paquete de reformas futuro, sería posible incluir un desarrollo más extenso de la democracia deliberativa, mediante la reforma a la Constitución y, además, una Ley General de Consultas.

Lo último me parece importante porque, al momento, no contamos con una ley que regule estas formas de participación ciudadana.

Estas nuevas reglas deberían regular los requisitos para las convocatorias, con particular cuidado en que se ajusten tanto en contenidos como en difusión al público destinatario; el derecho o la obligación de realizar las consultas; las formas en que estas deben desahogarse, ya sea mediante foros, asambleas, remisión de propuestas por correo o Internet, etc.; la forma en que se garantizará que la autoridad analice las propuestas, así como los efectos, entre otros temas.

Lo anterior puede lograrse con algunas pinceladas en la Constitución, luego con una Ley General que, en una primera parte, fije los principios y reglas mínimas para las consultas ya sean federales, locales o municipales; y que en una segunda parte regule las consultas federales.

La democracia es amplia y diversa. Aprovechemos el momento para mejorarla en todas sus dimensiones.

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