
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a la Universidad Autónoma de Nayarit al determinar que algunas disposiciones de su Ley Orgánica vulneran su autonomía, debido a que permiten la intervención de personas ajenas a la institución en la conformación de sus órganos y en el proceso para elegir a quien encabeza la Rectoría.
Al presentar el proyecto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que la autonomía universitaria debe protegerse de injerencias externas, pues constituye una garantía constitucional vinculada con el derecho a la educación y permite que las universidades públicas desarrollen sus actividades académicas y culturales con independencia en sus decisiones internas.
Esquivel Mossa explicó que esta garantía comprende la facultad de las universidades para establecer su propia forma de gobierno, determinar las atribuciones de sus órganos y definir los procedimientos mediante los cuales eligen a sus autoridades.
Desde esta perspectiva, la ministra consideró que las disposiciones impugnadas exceden los límites de intervención que corresponden al legislador, al regular aspectos de la organización interna que deben definirse conforme a las reglas de la propia Universidad Autónoma de Nayarit.
El proyecto también destacó que la autonomía permite a las instituciones de educación superior cumplir sus funciones de enseñanza, investigación y difusión de la cultura sin que autoridades externas interfieran en decisiones que corresponden a su comunidad.
Órganos universitarios
Uno de los puntos cuestionados fue la regulación relacionada con la creación, integración y facultades del Consejo de Educación Media Superior. De acuerdo con el proyecto, estos aspectos deben definirse conforme a la organización interna de la universidad y no mediante disposiciones que vulneren su capacidad de autogobierno.
Otro elemento analizado fue la participación de una persona ajena a la institución en el Colegio de Elección Universitario, órgano responsable de conducir el proceso para elegir a la persona titular de la Rectoría. La legislación contemplaba que ese integrante fuera designado por el Congreso local a propuesta del gobernador y que, además, presidiera dicho órgano.
Para Esquivel Mossa, esta disposición permitía la intervención de autoridades externas en un procedimiento que debe corresponder a la propia comunidad universitaria.
La ministra subrayó que la integración de los órganos internos y la elección de sus autoridades forman parte de las decisiones protegidas por la autonomía, por lo que deben realizarse sin injerencias ajenas a la institución.
Amparo aprobado
El Pleno aprobó en lo general el proyecto de Esquivel Mossa por unanimidad de votos, con el voto de la ministra Lenia Batres Guadarrama por la invalidez parcial.
La resolución establece que las disposiciones impugnadas no deberán aplicarse a la Universidad Autónoma de Nayarit, ni en el presente ni en el futuro, con el propósito de preservar su autonomía y garantizar que pueda ejercer sus funciones constitucionales.
Con este fallo, la Corte determinó que la capacidad de la universidad para organizar su gobierno y elegir a sus autoridades debe mantenerse dentro de los márgenes de independencia que reconoce la Constitución.
La resolución coloca en el centro de la discusión los límites que deben observar las autoridades legislativas al establecer normas para las instituciones públicas de educación superior, particularmente cuando estas disposiciones pueden afectar su organización y sus mecanismos de autogobierno.