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Duro golpe a la política migratoria del presidente republicano con la decisión de mayor calado del curso judicial y a cuatro días del 250 aniversario de la nación

El Supremo de EU rechaza el intento de Trump de acabar con el derecho a la ciudadanía por nacimiento

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Fallo histórico Protesta en favor de mantener el derecho a la ciudadanía por nacimiento en abril pasado, ante la sede del Supremo en Washington (EFE)

El Supremo de Estados Unidos asestó este martes el revés judicial más fuerte a la política migratoria de Donald Trump al considerar ilegal la orden ejecutiva del presidente, que limitaba la ciudadanía por nacimiento a hijos de padres indocumentados o con visados temporales nacidos en territorio estadounidense, un derecho que la corte considera consagrado en la Carta Magna.

Nada más jurar su cargo como presidente 47 de Estados Unidos, el 20 de enero de 2025, el magnate republicano firmó la orden ejecutiva para tumbar un derecho reconocido desde hace más de 150 años en la Decimocuarta Enmienda a la Constitución. La medida, inaudita en un presidente, atenta directamente contra uno de los derechos que consagran la diversidad y el poder de la que hoy sigue siendo la primera potencia y que el próximo 4 de julio celebrará su 250 aniversario de independencia.

Esa decisión suscitó tres demandas distintas, y tres tribunales federales fallaron que su aplicación era ilegal, lo que paró su entrada en vigor. De inmediato, la Casa Blanca buscó la complicidad de la Corte Suprema, confiada en que le daría la razón al presidente que durante su primer mandato eligió a tres jueces del Supremo y que cuenta con una mayoría superconservadora de seis magistrados, frente a tres magistradas progresistas.

“La ciudadanía, tanto entonces como ahora, era el derecho a tener derechos: a participar libremente en nuestra comunidad política. Los redactores [de la XIV Enmienda] ampliaron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy seguimos cumpliendo esa promesa”, escribe el presidente del tribunal, John Roberts, en la opinión mayoritaria de una sentencia de 194 páginas.

El dictamen reconoce que “los niños nacidos en los Estados Unidos de padres presentes de manera ilegal o temporal están ‘sujetos a la jurisdicción’”, por lo que “son ciudadanos desde el nacimiento en virtud de la cláusula de ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda”.

Cinco votos a favor, cuatro en contra

La decisión fue adoptada por cinco votos a favor y cuatro en contra de los magistrados que componen la corte, y mantiene una interpretación de la Constitución que durante más de 150 años considera estadounidense a casi cualquier persona —existen excepciones como los hijos de funcionarios diplomáticos— que nazca dentro de la nación.

El juez conservador Brett Kavanaugh disintió en parte al no compartir la concepción maximalista de la cláusula de ciudadanía, al tiempo que no respalda el decreto de Trump que eliminaría de facto la ciudadanía por nacimiento.

Otros tres jueces considerados conservadores disintieron del voto de la mayoría al no reconocer la ciudadanía por nacimiento “totalmente” automática.

255 mil bebés afectados al año

Trump había prometido en campaña limitar la ciudadanía automática para hijos de migrantes irregulares.

La orden, que afectaría a unos 255,000 niños al año, queda anulada con la decisión de hoy del Supremo, que analiza en el fallo qué significa ser ciudadano estadounidense y concluye “que alguien nacido en Estados Unidos y sometido a sus leyes entra en el ámbito de la ciudadanía por nacimiento”.

El inquilino de la Casa Blanca acudió el pasado mes de abril a la sesión pública de la Corte Suprema en la que se debatió la legalidad de la orden, la primera vez que un mandatario estadounidense en ejercicio presencia argumentos orales ante el alto tribunal.

El mandatario estadounidense argumentó que la Decimocuarta Enmienda se ha malinterpretado y aseguró que EU es el único país que otorga el derecho de ciudadanía de manera automática en su suelo, un argumento falso, puesto que una treintena de países en todo el mundo también reconocen ese derecho.

Dos sentencias históricas

Trump aseguró que la Decimocuarta Enmienda, que se aprobó tras la Guerra Civil para corregir el fallo “Dred Scott contra Sandford” de 1857 y garantizar la ciudadanía a los antiguos esclavos y sus descendientes, solo pretendía otorgar la ciudadanía “a hijos de esclavos”.

En otra sentencia histórica de 1898 sobre un inmigrante asiático, del caso Estados Unidos contra Wong Kim Ark, el Supremo interpretó de modo amplio la Decimocuarta Enmienda, garantizando la ciudadanía automática a prácticamente todos los niños nacidos en el país. Desde entonces, los hijos de inmigrantes nacidos en Estados Unidos han adquirido la nacionalidad independientemente del estatus legal de sus padres.

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