CDMX — El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una acción de inconstitucionalidad y definió el precepto de discapacidad dentro de la Ley para las Personas con Discapacidad del Estado de Guerrero, proyecto que presentó la ministra Yasmín Esquivel.
“La discapacidad surge de la interacción entre deficiencias y barreras sociales que impiden la participación plena y efectiva en igualdad de condiciones”, enfatizó Esquivel Mossa.
Por tanto, los nueve ministros invalidaron la definición de persona con discapacidad del artículo 3, primer párrafo, de la legislación guerrerense por resultar contraria al modelo social de la discapacidad reconocida en la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
“Mientras el Congreso de Guerrero legisla lo conducente, se aplique la definición de persona con discapacidad prevista en el artículo 2, fracción XXVII de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
El pleno determinó que la discapacidad no es una característica individual de la persona, “sino el resultado de las barreras que la sociedad impone”.
Se expuso que la Ley Número 817 para las Personas con Discapacidad del Estado de Guerrero cuya redacción basada en el modelo médico hacía ver la discapacidad como un padecimiento, lo que refuerza estigmas y estereotipos.