CDMX — En una resolución por contradicción de criterios para ceder el acceso a derechos obtenidos por trabajadores fallecidos en favor de familiares, la ministra Yasmín Esquivel expuso que los descendientes mayores de edad deben ser reconocidos como beneficiarios de los trabajadores fallecidos para solicitar la devolución de las aportaciones de la cuenta individual de trabajo.
Este criterio fue avalado por la mayoría de ministros en el que se estableció un nuevo criterio que fortalece la protección de las familias de los trabajadores después de su muerte.
Durante la sesión del pleno de la Corte, los ministros acompañaron resolver la resolución respecto la contradicción de criterios 187/2025, en la que se señaló que los descendientes mayores de edad deben ser reconocidos como beneficiarios de los trabajadores fallecidos para solicitar la devolución de las aportaciones de la cuenta individual de trabajo, “siempre que no exista una persona con derecho a una pensión por ser dependiente económico del titular de la cuenta individual”.
Esquivel Mossa explicó quela falta de mención en la Ley Federal del Trabajo de los descendientes mayores sin dependencia económica “no debe implicar su falta de reconocimiento como beneficiario, tomando en consideración el derecho a la protección de la familia”.
Con esta determinación se protegen los recursos que la persona trabajadora generó a lo largo de su vida para que puedan ser aprovechados por sus familiares. x