
El sector empresarial del país advirtió que la resolución de la nueva Corte que permite a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) “congelar” cuentas bancarias sin orden judicial, abre un espacio de incertidumbre que impacta directamente en la estabilidad económica y afecta la confianza para invertir en México.
“La inversión depende de la certeza en el entorno institucional. Cuando una autoridad puede restringir recursos sin control judicial previo, se afecta la confianza de inversionistas nacionales e internacionales”, sostuvo la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex)
Recalcó que en un contexto de incertidumbre, decisiones que debilitan contrapesos o la protección de activos elevan el riesgo y reducen la disposición para invertir en el país.
Por ello, pidió al Poder Legislativo y las autoridades regulatorias subsanar los vacíos que deja esta resolución de la Corte como el estándar mínimo de indicios que justifica un bloqueo, los plazos máximos de duración de la medida cautelar y los mecanismos de control que impidan su uso discrecional.
En un posicionamiento, el organismo empresarial que encabeza Juan José Sierra Alvarez, recalcó que la certeza jurídica en México, no es opcional: es la base sobre la que se construye la confianza, la inversión y el desarrollo.
“Cuando el acceso a los recursos de personas y empresas puede restringirse sin controles judiciales previamente definidos, se abre un espacio de incertidumbre que impacta directamente en la estabilidad económica y contraviene lo establecido en el artículo 14 de nuestra Constitución y en diversos tratados internacionales que México ha ratificado”, explica
Con esta decisión de la nueva Corte—agregó-- se establece un precedente delicado para el Estado de derechos, al permitir afectaciones directas al patrimonio de personas y empresas sin reglas plenamente definidas.
La Coparmex alertó que esta medida puede generar efectos similares a una sanción antes de acreditar responsabilidad, colocando a personas y empresas en una posición de desventaja para su defensa.
Recalcó que en medio de las negociaciones que están en marcha sobre la vigencia del T-MEC, este escenario que se genera ñor esta resolución de la Corte, resulta especialmente sensible en el marco de esa revisión del Tratado comercial con Estados Unidos y Canadá en la comptencia global por capital.
“Cuando una autoridad puede restringir activos sin control judicial previo, se afecta la percepción de riesgo y la disposición de inversionistas nacionales e internacionales para apostar por México”, lamentó
En este contexto, la Coparmex insistió en que el impacto de esta resolución recae de manera desproporcionada sobre las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), que representan más del 99% del tejido empresarial y cuya operación depende de la liquidez diaria.
Dijo que a diferencia de las grandes corporaciones, estas empresas, carecen de estructuras jurídicas y reservas financieras para enfrentar procesos prolongados ante la UIF o tribunales.
“Un bloqueo de cuentas, incluso cautelar, puede impedir el pago de nómina, proveedores o créditos, poniendo en riesgo empleos y la viabilidad del negocio”, acusó
VACIOS
Por ello, la Coparmex pidió al Poder Legislativo y las autoridades regulatorias subsanar los vacíos que deja esta resolución de la Corte como el estándar mínimo de indicios que justifica un bloqueo, los plazos máximos de duración de la medida cautelar y los mecanismos de control que impidan su uso discrecional.
Demandó definir con claridad los supuestos que justifican un bloqueo, mediante criterios objetivos y verificables así como establecer un control judicial previo que valide la legalidad de la medida en un plazo máximo de 6 horas; de no existir autorización en ese término, el bloqueo no podrá surtir efectos o deberá levantarse de inmediato. Asimismo, fijar un plazo razonable, no mayor a 15 días, para que la autoridad sustente la medida con elementos suficientes dentro de la investigación correspondiente.
Asimismo garantizar la notificación inmediata al titular, con fundamentos claros que permitan ejercer su defensa, crear un régimen de responsabilidad cuando existan afectaciones derivadas de actuaciones infundadas e iIncorporar criterios de transparencia mediante la publicación periódica de información sobre el uso de estas facultades.