Hasta 9 años de prisión a quien destruya o tale árboles, aprueba comisión en Senado
La reforma dejaría exentos a los integrantes de las comunidades indígenas, ejidatarios, comuneros y a quienes, siendo propietarios de zonas boscosas, realizan la tarea de limpiar los bosques.
deforestación
Las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos del Senado aprobó un dictamen para aumentar de tres a nueve años de prisión la pena para la persona que ilìcitamente corte, arranque, destruya, derribe o tale algún o algunos árboles.
Asimismo establecen también de mil a 10 mil días multa (962 mil pesos) a quien o quienes cometen estas conductas.
Se señala que México ocupa uno de los primeros lugares en tasas de deforestación en el mundo.
Las principales causas de la deforestación en México son, en este orden: el incremento de la frontera agrícola y ganadera; la tala ilegal junto con los incendios forestales; la expansión de áreas urbanas e industriales; las plagas y enfermedades de los árboles.
Comuneros, exentos de penas
Las reformas al Código Penal Federal en materia de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, dejarían exentos de cualquier sanción a los integrantes de las comunidades indígenas, ejidatarios, comuneros y a quienes, siendo propietarios de zonas boscosas, realizan la tarea de limpiar los bosques.
La pena privativa de la libertad se incrementaría hasta en cuatro años más de prisión y la pena económica hasta en dos mil días multa, cuando los recursos forestales maderables, provengan de un área natural protegida o causen desequilibrio ecológico.
En el dictamen impulsado por el senador Alejandro Armenta se precisa que a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable o tierra procedente de suelos forestales, en cantidades superiores a cuatro metros cúbicos o, en su caso, a su equivalente en madera aserrada, la pena será de dos a 12 años de prisión y de 500 a 5cinco mil días multa.
Asimismo, la pena privativa de la libertad se incrementaría hasta en cuatro años más de prisión y la pena económica hasta en dos mil días multa, cuando los recursos forestales maderables, provengan de un área natural protegida y/o causen desequilibrio ecológico.