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Hasta 9 años de prisión a quien destruya o tale árboles, aprueba comisión en Senado

La reforma dejaría exentos a los integrantes de las comunidades indígenas, ejidatarios, comuneros y a quienes, siendo propietarios de zonas boscosas, realizan la tarea de limpiar los bosques.

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Tala ilegal de árboles

Tala ilegal de árboles aumenta en México 

Las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos del Senado aprobó un dictamen para aumentar de tres a nueve años de prisión la pena para la persona que ilìcitamente corte, arranque, destruya, derribe o tale algún o algunos árboles.

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Asimismo establecen también de mil a 10 mil días multa (962 mil pesos) a quien o quienes cometen estas conductas.

Se señala que México ocupa uno de los primeros lugares en tasas de deforestación en el mundo.

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Las principales causas de la deforestación en México son, en este orden: el incremento de la frontera agrícola y ganadera; la tala ilegal junto con los incendios forestales; la expansión de áreas urbanas e industriales; las plagas y enfermedades de los árboles.

Comuneros, exentos de penas

Las reformas al Código Penal Federal en materia de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, dejarían exentos de cualquier sanción a los integrantes de las comunidades indígenas, ejidatarios, comuneros y a quienes, siendo propietarios de zonas boscosas, realizan la tarea de limpiar los bosques.

La pena privativa de la libertad se incrementaría hasta en cuatro años más de prisión y la pena económica hasta en dos mil días multa, cuando los recursos forestales maderables, provengan de un área natural protegida o causen desequilibrio ecológico.

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En el dictamen impulsado por el senador Alejandro Armenta se precisa que a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable o tierra procedente de suelos forestales, en cantidades superiores a cuatro metros cúbicos o, en su caso, a su equivalente en madera aserrada, la pena será de dos a 12 años de prisión y de 500 a 5cinco mil días multa.

Asimismo, la pena privativa de la libertad se incrementaría hasta en cuatro años más de prisión y la pena económica hasta en dos mil días multa, cuando los recursos forestales maderables, provengan de un área natural protegida y/o causen desequilibrio ecológico.