
En la recta final de su sexenio, el jefe del Ejecutivo federal, Andrés Manuel López Obrador, envió quizá ya sus dos últimas iniciativas de reformas, una a Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
En ésta, plantea aumentar el catálogo de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, además de prevé el control y registro de las operaciones relacionadas con las mismas en el país, así como su fabricación y comercialización.
“Será facultad exclusiva del presidente de la República y de la Secretaría de la Defensa Nacional expedir permisos, licencias y manifestación de armas de fuego, el control y registro de las operaciones relacionadas con las mismas en el país, así como su fabricación y comercialización”, expone el texto.
Esta iniciativa aclara que al momento de que particulares registren un arma se deberá asignar a una persona que asuma la responsabilidad en caso de fallecimiento de la persona titular o en ausencia declarada, además de que regula los calibres .357, .22” Magnum, Hornet y TCM.
Tiene como fin otorgar certeza jurídica para la portación de armas de fuego permitidas a personas ejidatarias, comuneras, sucesoras, pequeños propietarios, avecindados, jornaleras del campo, así como pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.
“Expedirá un permiso que regule el control de armas para su uso en actos cívicos y culturales para representar y difundir eventos de relevancia histórica nacional; esta norma será requisito indispensable, para los deportistas de tiro o cacería, justificar la posesión y transportación del arma de fuego desde su domicilio a un club de tiro o cacería acreditado ante la Sedena.
“La comercialización de cartuchos será únicamente para las armas de fuego inscritas en el Registro Federal de Armas; además de que amplía los supuestos de infracción a la ley quienes posean cartuchos de uso permitido en cantidades menores a las autorizadas sin tener registro de arma que ampare su uso o contar con armas de fuego sin haberlas manifestado en el Registro Federal de Armas”.
En la iniciativa se establecen periodos de un año para revalidación de licencias particulares individuales y de dos años para licencias particulares y oficiales colectivas. Entre otros cambios, prohíbe a las empresas de seguridad privada utilizar armas de fuego cuando su licencia particular haya sido cancelada. La iniciativa fue enviada a la Comisión de Defensa.
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