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Investiga Cofece prácticas monopólicas en industria del mezcal; mercado al alza

La industria del mezcal generó 40 mil empleos directos y más de 190 mil empleos indirectos en el 2022; mientras que su valor ascendió a más de 15 mil millones de pesos.

posibles irregularidades

La industria  del mezcal tiene presencia en 9 estados  de México y exporta a 81 países

La industria del mezcal tiene presencia en 9 estados de México y exporta a 81 países

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) investiga posibles conductas monopólicas relativas en el mercado del mezcal luego de que una persona moral y una física se negaron a vender, comercializar o proporcionar una evaluación de la conformidad del mezcal, proceso necesario para garantizar a los consumidores que los productos adquiridos cumplen con la calidad necesaria.

La industria del mezcal ha crecido de tal manera que en el 2022, de acuerdo con información del COMERCAM, generó 40 mil empleos directos y más de 190 mil empleos indirectos; mientras que su valor ascendió a más de 15 mil millones de pesos.

Además, es una industria con presencia en 9 estados del país y exporta a 81 países. Debido a la cada vez mayor importancia de este sector, la competencia es necesaria para que nuevas empresas entren y las ya establecidas ofrezcan más y mejores productos.

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Redacción
Investiga Cofece prácticas monopólicas en industria del mezcal; mercado al alza

Los Organismos de Evaluación de la Conformidad realizan un proceso técnico denominado evaluación de la conformidad, mediante el cual se demuestra que se satisfacen requisitos específicos aplicables a un producto, proceso, sistema, persona u organismo antes de su ingreso al mercado.

Este proceso es indispensable para garantizar a los consumidores que los productos adquiridos cumplen con la calidad necesaria, así como las características y especificaciones físicas y químicas del mezcal en cuestión.

Sin embargo, la Cofece identificó que una persona moral y una persona física podrían haber cometido una negativa de trato, es decir, negarse a dar este servicio, lo que representa una práctica monopólica relativa.

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De comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, la Comisión ordenaría la corrección o la supresión de la práctica ilegal; mientras que la persona moral podría recibir la multa máxima permitida por ley, que es de hasta 8% de sus ingresos; mientras que la persona física podría recibir una multa hasta por 200 mil UMA, además de una posible inhabilitación a ejercer cargos directivos hasta por 5 años.

La investigación (expediente DE-050-2019) concluyó el 22 de mayo de 2023, y con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio a cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión.

Una vez desahogado el procedimiento, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho y los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga, ofrecer pruebas relacionadas y presentar alegatos.