
México deberá pagar 47 millones de dólares a la empresa Lion Mexico Consolidated (LMC), al perder una caso de arbitraje internacional que comenzó desde 2015, bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
El caso se llevó a cabo en Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial.
El 20 de septiembre de 2021, un tribunal internacional establecido conforme el Capítulo XI del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI, determinó que México incurrió en denegación de justicia por parte de tribunales locales.
Asimismo, consideró que no proporcionó a Lion Mexico Consolidated (LMC) un trato justo y equitativo conforme al artículo 1105 del TLCAN.
A través de un comunicado, la Secretaría de Economía manifestó que lamenta la decisión del Tribunal Arbitral y dijo que analizará detenidamente el contenido del laudo arbitral para determinar las acciones legales a su alcance.
LMC inició este arbitraje en contra de México desde 2015. La reclamación de LMC surgió con motivo de una sentencia emitida por el Juzgado Noveno de lo Mercantil del Estado de Jalisco, el 27 de junio de 2012, que dio lugar a la cancelación de tres pagarés y tres hipotecas que existían en favor de LMC; a ésta le siguieron diversas acciones judiciales y penales. LMC señaló que la cancelación de los pagarés y las hipotecas que existían a su favor, así como todas las demás acciones presentaban irregularidades en su perjuicio y alegó que dichas medidas constituían una violación por parte del Gobierno de México al TLCAN.
El Tribunal determinó que México había violado el TLCAN, derivado de las acciones del Poder Judicial, por lo que el Tribunal Arbitral condenó a México a pagar a favor del inversionista 47 millones de dólares como indemnización por los daños, más el pago de una parte proporcional de los costos del procedimiento.
La reclamación presentada inicialmente por LMC en contra de México rebasaba los 220 millones de dólares.
Sin embargo, México presentó objeciones de jurisdicción ante el Tribunal dado que los pagarés no son una inversión conforme al TLCAN. El Tribunal falló a favor de México en esas objeciones.
Adicionalmente, durante la fase de méritos, el Tribunal desestimó parte de las reclamaciones de daños presentadas por LMC, incluyendo la aplicación de un interés de 6%.
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