
La presidenta Sheinbaum, en su discurso conmemorativo del centésimo noveno aniversario de la Constitución de 1917, nos puso al día respecto el sentido y propósito de los últimos años en los cambios constitucionales promovidos por la 4T en contra del neoliberalismo, cuya influencia comenzó en 1982-1983 con la implantación del Sistema de Planeación Democrática, la Rectoría del Estado en la economía, el fortalecimiento municipal, la integración de un régimen de responsabilidades de los servidores públicos y la regulación de las compras públicas, entre otros aspectos de relevancia constitucional.
También, esta semana en la UNAM, se llevó a cabo el seminario “Cuestiones Constitucionales 2026: Puesta al Día”, organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas, la Facultad de Derecho, el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional Iberoamericano y la Revista Cuestiones Constitucionales, en el que, desde diversas perspectivas, donde se reflexionó sobre la vertiginosa velocidad del cambio constitucional en el último año y se expuso una visión panorámica del mismo.
Los procesos de reformas constitucionales recientes demuestran que el grupo gobernante, la mayoría política, concibe como una necesidad ingente la adecuación del marco jurídico supremo a la transformación que impulsa. La presidenta nos recuerda en su discurso en Querétaro lo siguiente: “Desde septiembre de 2024 a diciembre de 2025, ha habido cambios profundos que recuperan el sentido social y la soberanía de la nación, recogidas de la Constitución de 1917”, indicó que en este periodo hubo 22 reformas constitucionales y 50 modificaciones a leyes secundarias y que el texto constitucional regresó a su esencia.
En la UNAM, diversos constitucionalistas reconocidos analizaron críticamente el cambio jurídico de la 4T y el resultado fue de claros oscuros. El Doctor Edgar Corzo señaló que, en el periodo de octubre de 2024 a diciembre de 2025, correspondiente al gobierno actual, se emitieron 18 decretos reformatorios y, en los gobiernos de la 4T, durante 7 años, se han promulgado 44. También destacó que en este gobierno la labor legislativa, tanto en el Congreso de la Unión como en las legislaturas locales, ha sido muy intenso.
El análisis jurídico-político expresado en el seminario mostró que las reformas son variopintas y con algunos aciertos dentro del discurso progresista que se ha mantenido desde 1917. Todos los especialistas destacaron la adición de nuevas formas y garantías de protección de derechos humanos, aunque algunos manifestaron serias dudas sobre su congruencia o factibilidad operativa, tal y como ya sucedió con la elección extraordinaria de personas juzgadoras, cuyo resultado fue, por lo menos, ambivalente.
Cualquier momento del constitucionalismo mexicano de los siglos XX y XXI, con distinto enfoque y narrativa, se caracteriza por el avance en protección de derechos. En los años ochenta y noventa, fueron los derechos a la participación política libre y elecciones equitativas, que condujeron a la alternancia en el poder y en las primeras décadas de esta centuria, la transparencia, la protección de datos personales, la rendición de cuentas, entre otros. En ese sentido, la inclusión como derechos constitucionales de los programas sociales, el acceso a internet, el desarrollo de una vida digna, la austeridad del gasto público, la personalidad de los pueblos originarios y afromexicanos y la buena administración, entre otros, es una táctica compartida por todos los partidos políticos. Esto se demuestra con el hecho que muchas de estas reformas, que amplían derechos se aprueban por unanimidad, más allá del consenso pluripartidista o el mayoriteo.
Lo que ha sucedido con las reformas constitucionales más recientes es que su esencia consiste en desmontar las estructuras con autonomía, que se habían convertido en la salvaguarda de los nuevos derechos, como es el caso evidente de la transparencia y el acceso a la información pública. Ese fue el principal motivo de crítica en esta puesta al día de las cuestiones constitucionales. Otro aspecto de reflexión respecto al cambio constitucional frenético fue la superficialidad de algunas reformas, la impertinencia de las mismas, sus efectos limitados o su vinculación con temas coyunturales.
Las 22 reformas constitucionales y 50 modificaciones a leyes todavía deben traducirse en acciones efectivas de gobierno. Las limitaciones presupuestales son frenos a la extensión de los derechos programáticos que se han reconocido, pero también falta crear un andamiaje administrativo y técnico que convierta a las buenas intenciones positivizadas jurídicamente en realidades. El logro de la meta de instrumentar las nuevas prohibiciones para la comercialización, importación, exportación, almacenamiento y publicidad de vapeadores y cigarrillos eléctricos raya en lo imposible.
La recuperación del sentido social del ordenamiento jurídico y la eliminación de los privilegios es loable, pero las rutas intuidas en el acelerado cambio jurídico son inciertas, llenas de vericuetos y condicionadas por instituciones consolidas y derechos obtenidos en los últimos 36 años. La presidenta nos puso al día del proyecto político de la 4T y los académicos de la UNAM las principales cuestiones derivadas de las reformas constitucionales recientes.
PD. Mientras la presidenta se oponía a los privilegios del pasado, en el entorno de su discurso, dos colaboradores le limpiaban públicamente los zapatos al presidente de la nueva SCJN.
Investigador del Instituto Mexicano de Estudios Estratégicos en Seguridad y Defensa Nacionales y del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores
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