
La Secretaría de Movilidad (Semovi) anunció la entrada en vigor de reformas al Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, publicadas el 10 de octubre en la Gaceta Oficial, con el objetivo de garantizar condiciones seguras y eficientes en la operación del transporte público de carga que traslada sustancias tóxicas o peligrosas.
De acuerdo con la dependencia, los vehículos que realicen este tipo de servicio deberán contar con un Dictamen de seguridad emitido por la autoridad competente, documento que avala el conocimiento en el manejo de dichas sustancias.
Asimismo, las unidades extranjeras deberán presentar el pedimento de importación correspondiente, mientras que los vehículos usados deberán acreditar su baja oficial antes del registro.
Entre las principales modificaciones al Reglamento destaca la creación de nuevas licencias específicas para la conducción de estos vehículos. El artículo 126 establece la Licencia tipo E12 para el transporte especializado autorizado por Semovi, y la Licencia tipo E13 para quienes operen unidades destinadas al traslado de materiales tóxicos o peligrosos.
Además, para obtener licencias tipo “C”, “D” y “E”, los conductores deberán contar con una Licencia tipo A con al menos tres años de antigüedad. En el caso de personas con licencias emitidas por otras entidades federativas, deberán comprobar que sus documentos están vigentes y cumplen con la antigüedad requerida.
El artículo 128 añade que, para la expedición de la Licencia tipo E13, los interesados deberán demostrar conocimientos suficientes en la conducción de vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas.
Semovi explicó que estas reformas complementan los cambios recientes al Reglamento de la Ley de Gestión Integral y Protección Civil, así como al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, con el propósito de fortalecer la seguridad vial y mejorar las condiciones de operación de las unidades y sus operadores en este tipo de transporte especializado.