Metrópoli

Podría existir parcialidad en la emisión del peritaje al ser un servicio contratado de manera privada, afirmación que fue avalada por la juez, dado que, al no acudir a la audiencia la persona que lo elaboró, es imposible que se le cuestione acerca de metodologías, técnicas, materiales de estudio y conclusiones

Niegan prisión domiciliaria a Carlota “N”

Abuelita Carlota

Un juez le negó la prisión domiciliaria a Carlota “N”, adulta mayor que asesinó a los invasores del predio de su hija en el municipio de Chalco, dado que los dictámenes periciales que presentó su defensa no fueron lo suficientemente sólidos para acreditar que la mujer se encuentra en riesgo de muerte por la diabetes tipo 2 que padece.

Previamente, el equipo de abogados de Carlota “N” confiaba en que su avanzada edad, así como las enfermedades crónicas que la aquejan, serían datos de prueba que avalarían que las condiciones del penal de Chalco son deficientes para tratarla en sus cuidados médicos y por lo tanto, la autoridad judicial aceptaría que la mujer viviera en el domicilio de su hijo Odín, donde, prometieron, se mantendría resguardada y lejos de actividades delictivas.

Aunque la familia contrató un perito en el que se expuso que la estancia de Carlota en el penal es “malo para la vida y la función no exenta de complicaciones a corto, mediano y largo plazo por enfermedad crónico - degenerativa en descontrol”, existieron deficiencias de acreditación en la recabación de datos de prueba.

En comparecencia, la Fiscalía mexiquense determinó que podría existir parcialidad en la emisión del peritaje al ser un servicio contratado de manera privada, afirmación que fue avalada por la juez, dado que, al no acudir a la audiencia la persona que lo elaboró, es imposible que se le cuestione acerca de metodologías, técnicas, materiales de estudio y conclusiones.

Aún con que la Ley accede a que imputados con enfermedades graves pueden llevar su proceso bajo prisión preventiva domiciliaria, la juez dijo que existen reglas para eso y rechazó que los padecimientos de Carlota tengan la gravedad de tener muerte súbita, como se lee en el documento entregado por la defensa.

Asimismo, la juez cuestionó la determinación del fiscal, quien acusó que el penal no cuenta con las condiciones materiales ni humanas para atender casos de emergencia, por lo que el domicilio, que deseaba la familia en el que permaneciera, tampoco está acondicionado para tratarla.

Y agregó, el perito llegó a una conclusión drástica al afirmar que Carlota vive en una situación de salud precaria y que en cualquier momento sería víctima de un evento cardiovascular.

Para llegar a esa conclusión, mencionó la juez, el perito tuvo que haber establecido los elementos para calificar a ese centro penitenciario como un lugar de riesgo para Carlota.

En la audiencia, los abogados también enlistaron otros males como tos crónica, ojo seco, obesidad y una hernia, alegatos que tampoco resultaron de alta gravedad para permitirle a Carlota que dejara la cárcel.

Otra de las trabas fue que su hijo, Odín Santana Alfaro, se postuló como la persona que prestaría su hogar, en el municipio de Chicoloapan, para cuidar a su madre, resguardarla y abastecerla con lo necesario para que su salud no empeore, no obstante, en la documentación que entregaron para avalar que él es progenitor de Carlota, no es posible determinar que son madre y hijo.

Esto porque mientras que en el acta de nacimiento de ella se nombra como Ma. Carlota Alfaro Quintana, en la de él únicamente se lee Carlota Alfaro, lo que no acredita que se trate de la misma persona, lo que automáticamente le niega la posibilidad de ser el cuidador.

En uno de esos intentos, su nieto de Carlota, declaró que estaría al pendiente de su abuela, ya que habita ese domicilio con su tío y en el pasado acompañaba a la anciana a sus citas médicas en el ISSSTE, además, dijo, ayuda a Odín en las labores domésticas. Esa promesa también fue desestimada por la Fiscalía, cuando reclamaron que el menor no argumentó qué conocimientos posee para tratar a adultos mayores en aparentes etapas de enfermedades graves, sumado a que tampoco se presentó en la audiencia para que se comprobara, con su dicho, su aptitud para vigilar a su abuela.

También, fueron entrevistados vecinos que respaldaron que Odín, su sobrino y Carlota son buenas personas y que llevaban más de 15 años como los habitantes del predio ubicado en Rancho el Olivo, en la Unidad Habitacional Rancho San Miguel, aunque las pruebas que presentaron para legitimar su estadía mostraban fechas distintas, en una se leía 15 años de antigüedad y en otra 12.

En la audiencia estuvo de manera remota Johana “N”, miembro del sindicato “2 de octubre” que habría planeado el despojo contra Mariana “N” y que se encuentra detenida en el penal de Texcoco, a quien en su única intervención denunció: “temo por mi vida y por la de mi familia, temo por el poder y el dinero que tienen. Le pido que sea justa y que le de protección a mi familia, somos personas de trabajo”, suplicó a la juez mientras lloraba.

Para Arturo Santana, hijo de Carlota, la decisión de que su madre continúe en reclusión es un distractor dictado por alguna persona en el poder, con la finalidad de desdibujar los asesinatos de los presidentes municipales y líderes limoneros, donde el derecho a la propiedad y a la vida, acusó, son inexistentes.

“Vamos a seguir en la batalla, estuvo totalmente acreditado el deterioro de la salida de mi madre, no se qué quería la juez. Le quitó la maternidad a un hermano, reconoce la mía pero deja a mi hermano a un lado”.

“Si mi mamá se hubiera querido ir, tuvo 24 horas para evadirse de la acción de la justicia y no fue así, estamos enfrentando y vamos a seguir”.

“Seguramente nos va a seguir desechando pruebas si sigue teniendo línea, no quiero verme fatalista pero el estado puede matar a mi madre. Fueron 52 recetas que se dieron, un oficio firmado por la autoridad federal, que es el ISSSTE que tampoco quiso tomar en consideración”, evidenció Santana.

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