
El Gobierno del Estado de México formalizó la creación del Sistema de Transporte Eléctrico Mexiquense, organismo público descentralizado que tendrá a su cargo la operación, planeación y administración de los sistemas de transporte impulsados por energía eléctrica o híbrida en la entidad, incluyendo trenes rápidos o ligeros, teleféricos, trolebuses y servicios complementarios.
El decreto, firmado por la gobernadora Delfina Gómez y publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, establece que el nuevo organismo entrará en vigor el 2 de marzo de 2026 y se integrará plenamente al sector de la Secretaría de Movilidad.
La administración estatal detalló que este nuevo esquema responde a los lineamientos del Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029, que identifica un rezago histórico en la construcción de infraestructura de transporte masivo.
De acuerdo con el documento, el plan maestro de movilidad de 1996 proyectaba 483 kilómetros de transporte masivo para la Zona Metropolitana del Valle de México; sin embargo, mientras la Ciudad de México ha edificado 214 kilómetros, la entidad mexiquense solo ha logrado construir 12, equivalente a 8 por ciento de lo previsto. Frente a esta brecha, el gobierno estatal plantea que el nuevo Sistema será un instrumento central para ampliar, modernizar y electrificar la red de transporte.
Organismo con estructura jurídica propia y facultades ampliadas
El decreto establece que el Sistema de Transporte Eléctrico Mexiquense está sectorizado a la Secretaría de Movilidad y contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, lo que le permitirá administrar recursos, bienes e infraestructura.
Tendrá tres funciones principales: la prestación de servicios públicos de transporte eléctrico o híbrido; la planeación, operación y evaluación de estos sistemas, particularmente en rutas de baja y mediana capacidad que funcionen como alimentadoras o pretroncales; y la realización de estudios y análisis que sustenten concesiones y autorizaciones para infraestructura de transporte.
El secretario de Movilidad, Daniel Sibaja, señaló que el organismo también será responsable de elaborar estudios técnicos para respaldar solicitudes de concesiones y permisos ante las instancias competentes.
Conforme al decreto, los servicios podrán prestarse de manera directa o mediante personas concesionarias, lo que abre la posibilidad de participación privada bajo supervisión estatal.
El documento legal detalla que el Sistema tendrá la facultad de diseñar, construir, operar, mantener y conservar infraestructura relacionada con trenes ligeros o rápidos, trolebuses y teleféricos.
Además, podrá proponer tarifas para aprobación de la Secretaría de Movilidad, administrar ingresos por cobro de servicios, supervisar el funcionamiento de concesionarios y aplicar sanciones cuando corresponda. También estará facultado para participar en licitaciones públicas, emitir permisos sobre el uso del derecho de vía y proveer asistencia técnica a concesionarios y entidades públicas.
El decreto contempla, además, la posibilidad de operar sistemas complementarios eléctricos, híbridos e incluso, en casos justificados, de gasolina o diésel, siempre que se trate de servicios auxiliares.
Entre sus atribuciones se encuentra la integración de mecanismos de interoperabilidad tecnológica para los sistemas de cobro, lo que apunta a la homologación de tarjetas y sistemas de pago estatales.
Creación del Sistema por modernización y derecho a movilidad
El documento publicado en la Gaceta señala que la creación del Sistema está sustentada en diversas normas recientes, entre ellas la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y su reglamento, que establecen la obligación del Estado de garantizar una movilidad segura, sostenible y eficiente.
El gobierno estatal subraya que la movilidad es un derecho humano que debe ejercerse en condiciones de accesibilidad, igualdad, seguridad vial y sostenibilidad.
En ese sentido, el decreto afirma que el Estado de México requiere una estructura especializada que permita ampliar la infraestructura de transporte sustentable y masivo. Argumenta que la modernización del transporte público no solo tiene un impacto en la eficiencia del servicio, sino también en la reducción de emisiones contaminantes y en la mejora del entorno urbano.
La administración estatal destaca que la electrificación del transporte masivo representa un mecanismo para disminuir la contaminación y garantizar un servicio continuo, seguro y democrático.
Añade que el nuevo Sistema contribuirá a una red más eficiente y moderna, con infraestructura alimentadora y sistemas de pago seguros, así como tecnología interoperable que facilite el acceso para las y los usuarios.
En los considerandos del decreto se afirma que la creación del organismo garantiza el respeto al derecho humano a la movilidad en su dimensión urbana, ambiental y ecológica, al facilitar un transporte limpio y seguro que favorezca la competitividad y reduzca los costos socioeconómicos de la movilidad deficiente.
Estructura organizacional y funciones del Consejo Directivo
El Sistema de Transporte Eléctrico Mexiquense contará con un Consejo Directivo como órgano de gobierno, presidido por la persona titular de la Secretaría de Movilidad.
Estará integrado por representantes de las secretarías de Finanzas, Desarrollo Urbano e Infraestructura, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como de la Oficialía Mayor. Tendrá una Secretaría Técnica a cargo de la Dirección General del Sistema y una comisaría proveniente de la Secretaría de la Contraloría.
El Consejo podrá invitar a especialistas externos, así como a representantes de la Consejería Jurídica y del Sistema de Transporte Masivo y Teleférico del Estado de México, quienes participarán como invitados permanentes con derecho a voz. La integración será honorífica, lo que significa que sus integrantes no recibirán retribución económica.
Entre sus responsabilidades están fijar lineamientos, metas y normas del Sistema; analizar y aprobar presupuestos, programas anuales, informes financieros y distribución de recursos; así como supervisar la conservación del patrimonio del organismo. El Consejo también podrá autorizar convenios, aceptar donaciones y crear comités de apoyo.
La persona titular de la Dirección General será designada por la gobernadora a propuesta de la Secretaría de Movilidad. Tendrá facultades para administrar el Sistema, cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, conducir su funcionamiento operativo, presentar presupuestos y programas, rendir informes periódicos y proponer nombramientos para las unidades administrativas. Para actos de dominio, como enajenación de bienes, requerirá autorización expresa del Consejo.
Entrada en vigor, transición y transferencia de funciones
El decreto marca que el Sistema de Transporte Eléctrico Mexiquense entrará en vigor el 2 de marzo de 2026. A partir de esa fecha, las erogaciones necesarias deberán ajustarse al presupuesto de la Secretaría de Movilidad y sus organismos auxiliares. El Consejo Directivo tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles, posteriores a la entrada en vigor, para instalarse formalmente, y 90 días adicionales para aprobar el Reglamento Interior del Sistema.
Entre los puntos del decreto se encuentra la transferencia de funciones relacionadas con el teleférico estatal. Se estipula que los recursos humanos, materiales y financieros del Sistema de Transporte Masivo y Teleférico en lo relativo a la operación del teleférico serán trasladados al nuevo organismo, conforme a los convenios de coordinación que se establezcan. También se establece la obligación de respetar los derechos laborales del personal adscrito.
Asimismo, cualquier acto, programa, proyecto, contrato o concesión en curso dentro del sistema teleférico continuará vigente y será asumido por el nuevo Sistema, que deberá concluirlos bajo las disposiciones aplicables al momento de su inicio. Todas las referencias legales al sistema teleférico estatal se entenderán hechas al Sistema de Transporte Eléctrico Mexiquense una vez que entre en vigor el decreto.