
El Tribunal Supremo español decidió este lunes mantener la suspensión cautelar del derecho al voto de los descendientes de españoles que obtuvieron la nacionalidad por la llamada ley de nietos, por lo que no podrán votar en las próximas elecciones generales en España.
Según fuentes jurídicas, las 163,020 personas afectadas no podrán acudir a las urnas el próximo 29 de noviembre, fecha marcada por el adelanto electoral, porque el censo se cierra hoy mismo.
La ley de nietos es una disposición de la Ley de Memoria Democrática que permite optar a la nacionalidad española a hijos y nietos de españoles que sufrieron exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación sexual.
Para su aplicación, el Gobierno español aprobó una instrucción para indicar que se “presumirá” la condición de exiliado a todos los españoles que salieron de España entre 1936, cuando comenzó la guerra civil, y 1955, en plena dictadura del general Francisco Franco.
El grupo de abogados ultraconservadores Iustitia Europa y el partido de extrema derecha Vox recurrieron la medida y el Tribunal Supremo dejó en suspenso cautelarmente las altas en el censo electoral de los afectados.
Tras el adelanto electoral, la Abogacía del Estado pidió que se levantara esta medida cautelar para que los afectados pudiera votar.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado argumentaron la “imposibilidad material” de revisar los casi 170,000 expedientes a los que afectaba la medida adoptada por el Supremo.
La respuesta del Supremo fue desestimar hoy el recurso de reposición de la Abogacía del Estado, con el voto particular de una magistrada de los seis que componen la Sección.
En su argumentación, el alto tribunal cargó contra la Abogacía del Estado por no cumplir las órdenes que recogía el auto de las medidas cautelares.
Los magistrados explicaron que habiendo pasado un mes desde la suspensión cautelar, “el nivel de cumplimiento del auto es inexistente” porque “desconocen absolutamente” si se ha iniciado el desglose que se ordenó a la Oficina del Censo Electoral de los expedientes afectados.
Por ello, la Sala dejó claro que “en estas circunstancias, persisten las razones” para mantener “una medida tan excepcional” ante la “falta de constancia absoluta del cumplimiento, siquiera aproximado del estado de la cuestión”.
La Sala señaló que “el interés general de preservar la pureza del proceso electoral (...) debe prevalecer sobre el derecho de sufragio”.
La magistrada del Tribunal Supremo María Alicia Millán Herradis emitió un voto particular discrepante a la sentencia.
Para la magistrada, la convocatoria electoral “introdujo un elemento nuevo y decisivo” para valorar la medida cautelar de suspender el derecho al voto, “al convertir en irreversible la eventual lesión del derecho de sufragio de los afectados “.
Reacciones opuestas de socialistas y conservadores
Tras conocerse esta decisión judicial, fuentes del partido gobernante PSOE afirmaron que el líder de los conservadores del Partido Popular (PP), Alberto Núñez Feijóo, y el de Vox, Santiago Abascal, volvieron a “tropezar con la piedra” del franquismo: “¿Los nietos de los exiliados del franquismo no van a poder votar y los nietos del régimen franquista sí?”.
Antes de conocerse la resolución, el presidente del Gobierno, el socialista Pedro Sánchez, señaló a estos mismos líderes como responsables últimos de esta decisión que va a impedir el derecho al voto, lamentó, de miles de personas.
“Es un derecho fundamental de participación que no se puede sustraer, y además son personas que han votado ya” en otras convocatorias, dijo.
Por su parte, Feijóo celebró que el Supremo haya “vuelto a poner límite a la irresponsabilidad del Gobierno” y haya “antepuesto el bien común” a las “prisas y chapuzas” del Ejecutivo.
También Vox se congratuló de la decisión del Supremo, porque con ella ha hecho “justicia” para que el 29 de noviembre se puedan celebrar unas elecciones “limpias”.