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El pleno acompañó declarar como inconstitucionalidad el artículo 15 del Reglamento de Pasaporte por vulnerar de manera particular y diferenciada a personas y grupos situados en contextos rurales, indígenas y/o en situaciones de marginación

Ampara Corte a ciudadano para obtener pasaporte con acta de nacimiento extemporánea; proyecto de ministra Esquivel

FALLO CONTRA CANCILLERÍA La ministra Yasmín Esquivel logró que la Corte concediera amparo a un ciudadano en favor de su pasaporte.

El pleno de la Suprema de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN amparó a un ciudadano contra la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), que le negaba el trámite de su pasaporte por presentar su acta de nacimiento extemporánea, proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel.

En la propuesta de resolución, la ponencia de Esquivel Mossa advirtió como inconstitucional el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje de la Cancillería mexicana.

“Esa disposición vulnera derecho de personas y grupos situados en contextos rurales, indígenas y/o en situaciones de marginación.

El documento enumera los documentos que podrán aportarse cuando el registro de nacimiento se haya realizado con posterioridad a los tres años en que tuvo lugar el nacimiento.

Yasmín Esquivel Mossa expuso como antecedente el hecho de que una persona acudió a las oficinas de la Secretaría de Relaciones Exteriores para tramitar su pasaporte, pero le fue negado porque la documentación aportada no acreditaba su identidad y nacionalidad mexicana, ya que su acta de nacimiento es de registro extemporáneo.

Contra ese acto, el interesado promovió juicio de amparo en el que reclamó la constitucionalidad del artículo indicado, por contener una hipótesis que discrimina a grupos vulnerables, es decir, a personas que por sus condiciones sociales y económicas no son presentadas ante el Registro Civil a los días de su nacimiento, por lo que el Juez de Distrito le concedió el amparo. Inconformes, las autoridades responsables interpusieron el recurso de revisión que resolvió la Corte, cuyo Pleno confirmó la protección constitucional.

“La disposición reclamada vulnera de manera particular y diferenciada a personas y grupos situados en contextos rurales, indígenas y/o en situaciones de marginación”.

La ministra explicó que la exigencia de documentación adicional y procesos de verificación más rigurosos para actas de nacimiento extemporáneas no sólo representa una carga desproporcionada para estos grupos, sino que también ignora las realidades contextuales que limitan su capacidad para cumplir con tales requerimientos.

Yasmín Esquivel enfatizó que la exigencia de documentación adicional limita su acceso a servicios esenciales como la educación, atención sanitaria y participación política.

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