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Sin posibilidad de obtener beneficios como libertad anticipada, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena por extorsión.

Avanza en Senado ley contra extorsión; eleva a 25 años de prisión, la pena para este delito .

El delito de "montachoques" ya es equiparado como extorsión (Archivo)

Por unanimidad, las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado, modificaron la minuta de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, con lo que se busca incrementar hasta 25 años la penalidad máxima aplicada a este delito que es uno de los más sensibles para la sociedad mexicana.

Asimismo se establece por regla general la imposibilidad de obtener beneficios como libertad anticipada, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena en el delito de extorsión, explicó el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral

Además, cuando un servidor público participe directamente en la extorsión, se impondrá destitución e inhabilitación por un periodo equivalente al de la pena de prisión.

El dictamen que envió la Cámara de Diputados establecía una sanción mínima de 6 años, y una sanción máxima de 15 años, pero los senadores alertaron que ello podría beneficiar a personas actualmente sentenciadas y lograr su libertad inmediata con la aprobación de esta legislación.

“Con la finalidad de evitar esa situación se propone aumentar el mínimo propuesta a 15 años de prisión y una sanción máxima de 25 años…”, explicó Corral

“De aprobarse en los términos en los que venía la minuta, efectivamente implicaría la liberación inmediata de delincuentes sentenciados”, confirmó el coordinador del PAN en el Senado, Ricardo Anaya

Con esta ley por primera vez se establecerá penas homologadas en todo el país y convierte a la extorsión en un delito que se perseguirá de oficio.

El proyecto que se discutirá y en su caso de aprobará este miércoles en el Senado, incorpora diversos cambios a 15 artículos y un artículo transitorio, y constituye el marco jurídico más severo en la historia del país para combatir esta práctica delictiva, que afecta desde comercios y transportistas hasta familias y comunidades completas.

La nueva legislación busca frenar modalidades como los llamados montachoques, el cobro de derecho de piso por parte de células criminales, la extorsión telefónica desde cárceles, así como los abusos cometidos por supuestos o auténticos policías que exigen pagos ilegales.

El dictamen fija en el artículo 15 una sanción general de 15 a 25 años de prisión y una multa de 300 a 500 UMA, reemplazando los castigos dispares que actualmente van de 1 a 30 años en los distintos códigos penales estatales.

La ley define la extorsión como el acto de obligar a una persona a entregar dinero, bienes, prestar servicios o tolerar situaciones mediante amenazas, coacciones o cualquier forma de intimidación.

El incremento al mínimo de la pena —originalmente previsto en 6 años— busca evitar que sentenciados por extorsión puedan beneficiarse con reducciones legislativas o ajustes retroactivos.

La reforma incorpora 34 agravantes en tres niveles, que se sumarían a la pena base, permitiendo que una sentencia alcance hasta 42 años de cárcel.

Primer nivel: aumento de 4 a 8 años (Artículo 16)

Aplicará cuando:

• Se exijan cuotas adicionales.

• Se utilice información personal de la víctima.

• Se soliciten depósitos en cuentas financieras.

• El delito se cometa desde un centro penitenciario.

Segundo nivel: aumento de 5 a 12 años (Artículo 17)

Para supuestos como:

• Extorsiones que afecten la economía de comunidades enteras.

• Participación de varias personas.

• Involucramiento de servidores públicos.

Tercer nivel: aumento de 7 a 17 años (Artículo 18)

En casos donde:

• Se empleen armas o instrumentos peligrosos.

• Se utilice violencia física o moral.

Este último nivel es el que abre la puerta a una pena total que puede llegar a 42 años, especialmente en esquemas como los montachoques, donde la violencia moral o física acompaña un hecho de tránsito provocado intencionalmente.

El artículo 22 prevé una excepción: si el extorsionador se desiste voluntariamente dentro de los tres días siguientes a la exigencia y no existen agravantes, podrá aplicarse una reducción de hasta la mitad de la pena.

Conductas vinculadas también serán castigadas

La ley incluye sanciones para quienes faciliten, encubran o toleren la extorsión:

• Auxilio o cooperación al delito: 4 a 12 años (Art. 19).

• Servidores públicos que filtren información: 4 a 16 años (Art. 20).

• Funcionarios que omitan denunciar extorsión: 10 a 20 años (Art. 21).

Al tratarse de una Ley General, las disposiciones serán obligatorias en todas las entidades federativas, lo que—según legisladores de las comisiones—permitirá cerrar el paso a la operación de grupos que aprovechan las diferencias entre los códigos estatales para eludir responsabilidades.

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