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Tecnologías de vigilancia, algoritmos de redes sociales y lobbies internacionales, entre otros, son factores que influyen en que una Constitución federal quede desfasada, advierten

Hay fracaso de reformas a Constitución por desequilibrio de poder político, señalan en FIL magistrados electorales

CDMX — La materia de derecho, desde donde se cimenta la armonía social, adquiere eficacia con el equilibrio de fuerzas políticas, de lo contrario se convierte un instrumento de simulación, y fracasa casi cualquier reforma legal o a la Constitución, y eso, entonces, es una simulación, coincidieron magistrados electorales de la Federacion al participar en la 39 edición de la Feria Internacional del Libro, realizada en Guadalajara, Jalisco.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera, integrante de la Sala Superior del Tribunal Superior de la Federación (TEPJF), puntualizó que Para que el derecho no sea un instrumento de simulación, sino de una verdadera transformación, se requiere hacer un diagnóstico de los factores reales de poder.

Fuentes Barrera presentó la obra “La Constitución de 1857. Una mirada desde el siglo XXI”, y ahí expuso que una de las conclusiones que plantea el libro es que “el derecho sin poder es frágil, pero el poder sin derecho es peligroso”.

“El fracaso de las reformas legales se da por no modificar la correlación de fuerzas, por lo que se debe identificar qué actores detentan efectivamente el poder y los intereses que incorporan o excluyen en el pacto. Es necesario que toda Constitución debe construirse a partir de un diagnóstico honesto de los factores reales del poder; de lo contrario se correrá el riesgo de convertirse en un documento simbólico y sin eficacia. Fíjense ustedes cómo lleva la actualidad ese pensamiento de 1857”, enfatizó.

Felipe Fuentes Barrera comentó que las democracias consolidadas, en las que los factores de poder menos visibles son influyentes, como son los conglomerados financieros, las tecnologías de vigilancia, los algoritmos de redes sociales y los lobbies internacionales, y éstos deben ser ponderados, pues una Constitución puede quedar desfasada si no dialoga con las transformaciones estructurales.

En los comentarios sobre este libro, otro magistrado de la Sala Superior, Felipe de la Mata Pizaña, destacó que la Constitución de 1857 fue juramentado por los diputados constituyentes en la antigua sede del Congreso, en Palacio Nacional, frente a un crucifijo, y “en el nombre de Dios”, y ese documento merece ser estudiado “porque permite un acercamiento a la historia, a la manera de ser mexicano en el sistema constitucional”.

“En el debate del Constituyente de 1856-1857 no tuvieron participación los conservadores, más bien fue concebida por los liberales, los ultraliberales y los moderados. La ideología fundamental de la actual Carta magna tiene sus bases en la iniciativa que en su momento presentó el presidente Venustiano Carranza, la Constitución de 1857 y las Leyes de Reforma”, puntualizó. La magistrada presidenta de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, María Cecilia Guevara y Herrera, explicó que la Constitución del 57 instaló principios fundamentales de la estructura del Estado mexicano, como la soberanía nacional, el bicameralismo, el presidencialismo moderado, el principio de laicidad y el juicio de amparo, entre otros.

La subsecretaria general de Acuerdos de la Sala Superior del TEPJF, Priscila Cruces Aguilar, quien moderó la presentación de la obra, coincidió en que la Constitución de 1857 dio pie a la reforma liberal y merece un análisis reflexivo de sus raíces y contenido, ya que sus efectos perduran en la vida institucional, la democracia y en los derechos y libertades de los mexicanos.

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