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El órgano autónomo refiere que se actuó conforme a lo que marca la Constitución, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

INE subraya que producción de boletas para elección del Poder Judicial se hizo con apego a la ley

La producción de boletas para la elección del Poder Judicial estuvo apegada a la ley, asegura el INE (Cuartoscuro/Magdalena Montiel Velázquez)

INE — El Instituto Nacional Electoral (INE) subraya que su actuación en el ámbito que le compete se rige por criterios estrictamente técnicos y jurídicos y todas las decisiones relevantes se adoptan de manera colegiada y transparente en el seno del Consejo General y de la Junta General Ejecutiva.

Lo anterior, responde a las versiones difundidas en medios de comunicación en los que se citó la producción de boletas electorales para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025, y asegura que se llevó a cabo con apego al marco del proceso electoral de cargos judiciales y se realizaron conforme a lo que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y los acuerdos adoptados por sus máximos órganos de dirección: el Consejo General y la Junta General Ejecutiva.

El órgano autónomo resalta que en el caso de la producción de boletas para la elección del Poder Judicial, se realizó mediante el Acuerdo INE/CG2500/2024, mediante el cual el Consejo General determinó que, por razones de seguridad nacional y con fundamento en el Artículo Segundo Transitorio del Decreto de Reforma Judicial y en el Artículo 216 de la LGIPE, la producción de las boletas electorales se realizó en Talleres Gráficos de México, atendiendo criterios de seguridad, capacidad instalada y continuidad operativa.

Derivado de ese proceso, el 29 de diciembre de 2024, mediante el Acuerdo INE/JGE194/2024, la Junta General Ejecutiva aprobó la modificación del proyecto específico “J130110 Producción, almacenamiento y distribución de documentos y materiales para el Proceso Electoral del Poder Judicial de la Federación”, con el fin de realizar las previsiones presupuestales necesarias para el inicio oportuno de la producción, almacenamiento y distribución de las boletas.

En este contexto, el árbitro electoral refiere que se estableció contractualmente una aportación inicial en 2024 destinada a la adquisición de insumos y sustratos estratégicos para garantizar la producción en tiempo y forma de las boletas, conforme al calendario acordado. La entrega total de éstas quedó prevista a más tardar en mayo de 2025, en apego a los instrumentos jurídicos suscritos.

El volumen final de boletas se definió con base en la Lista Nominal y en las actualizaciones normativamente previstas durante la etapa de producción, conforme al Reglamento de Elecciones, procedimiento habitual en los procesos electorales y garantiza certeza en la disponibilidad de documentación para todas las casillas instaladas.

Asimismo, el INE subraya que la determinación del número de boletas se basa en cifras oficiales en Lista Nominal y no en estimaciones de participación.

Asimismo, la destrucción de boletas no utilizadas es una obligación legal establecida en la normatividad electoral.

La Crónica de Hoy 2026

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