
Las personas pensionadas bajo el régimen de la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen la posibilidad de recuperar el dinero acumulado en su Subcuenta de Vivienda del Infonavit, en caso de que no hayan utilizado esos recursos para adquirir una casa o no cuenten con un crédito vigente.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución?
Este beneficio aplica para quienes:
- Cotizaron al IMSS antes del 1 de julio de 1997 bajo la Ley 73
- Ya se encuentran pensionados
- No tienen un crédito activo con Infonavit
- Cuentan con saldo disponible en su Subcuenta de Vivienda
¿Qué recursos se pueden recuperar?
Los pensionados pueden solicitar la devolución de los fondos acumulados en diferentes periodos, como:
- Fondo de Ahorro 1972–1992
- Subcuenta de Vivienda 1992
- Subcuenta de Vivienda 1997
- Rendimientos generados por estos recursos
En el caso de la Ley 73, el dinero se entrega en una sola exhibición, a diferencia del régimen de la Ley 97, donde los recursos forman parte del esquema de la Afore.
¿Cómo hacer el trámite?
El proceso puede realizarse de dos formas:
En línea
- A través del portal Mi Cuenta Infonavit
- Se requiere e.firma vigente, CLABE bancaria a nombre del beneficiario e identificación oficial
Presencial
- Agendando una cita en un Centro de Servicio Infonavit (CESI)
- También se puede solicitar información vía Infonatel
Una vez autorizado, el depósito suele realizarse en un plazo aproximado de 5 a 10 días hábiles.
Beneficiarios también pueden reclamar el dinero
En caso de fallecimiento del pensionado, los beneficiarios legales pueden solicitar la devolución, siempre que presenten la documentación correspondiente.
Las autoridades recuerdan que el trámite es gratuito y recomiendan no recurrir a gestores o intermediarios. Además, mantener actualizados los datos personales y bancarios facilita el proceso.
Para muchos pensionados, la devolución de estos recursos puede representar un apoyo económico adicional durante su retiro.