
Este miércoles 8 de abril, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentó una iniciativa que obliga a empresas de telefonía a reforzar los procesos de cambio de SIM ante posibles sustituciones indebidas sin verificación estricta de identidad.
El proyecto, presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, establece que las compañías deberán implementar protocolos estrictos, verificables y documentados para sustituir una SIM, como identificación presencial, cotejo de datos, preguntas de seguridad y alertas al titular.
El caso que cambió la relación entre usuarios y empresas de telefonía
De acuerdo con información compartida por la SCJN en su cuenta de X, el antecedente que dio origen a este proyecto se remonta al caso de una mujer de la Ciudad de México, a quien le cambiaron su SIM en Chihuahua sin su autorización.
El Pleno reconoció daño moral por violencia digital, ya que, tras el cambio de chip, un tercero tomó control de su línea, intentó realizar operaciones bancarias y accedió a sus cuentas, donde se difundieron imágenes íntimas. Por ello, la SCJN ordenó una reparación integral y exigió juzgar con perspectiva de género, sin estereotipos ni revictimización para la víctima.
Este hecho derivó en una demanda por parte de la joven por responsabilidad civil, daño moral e indemnización por las afectaciones sufridas, lo que configuró un precedente en la relación entre las empresas de telefonía móvil y los usuarios.
¿Cómo se beneficiarán los usuarios con el nuevo proyecto de la SCJN?
Bajo el principio de que el número telefónico no es solo un servicio, sino una puerta de acceso a la vida digital, la SCJN determinó que un cambio negligente de SIM constituye un hecho ilícito que vulnera la confidencialidad de las comunicaciones y puede facilitar fraudes, accesos indebidos a cuentas bancarias y exposición de información personal.
En el caso analizado, la usuaria acudió a un centro de atención en la Ciudad de México y descubrió que alguien más ya había solicitado el cambio de chip, lo que derivó en las afectaciones mencionadas.
Por este motivo, la empresa de telefonía fue obligada a reparar el daño, al considerar que estas entidades están obligadas a garantizar la seguridad de los usuarios. Con este nuevo criterio, los usuarios podrán demandar a las compañías cuando se vulneren sus derechos digitales y, en caso de comprobarse negligencia, las empresas deberán responder por los daños ocasionados.