
El Reparto de Utilidades este 2026 comenzó a realizarse a todos los trabajadores el pasado 1 de abril; aunque se continúa depositando, aquí te decimos qué adultos mayores podrán recibirlas y si necesitan su tarjeta INAPAM.
Como parte de los beneficios que el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) le otorga a este segmento de la población, a través de una de sus estrategias, este 2026 algunos recibirán el pago de utilidades.
¿Si tengo tarjeta INAPAM me dan utilidades?
Los adultos mayores que recibirán utilidades este 2026 son aquellos que pertenezcan al programa de Vinculación Productiva del INAPAM.
El programa de Vinculación Productiva del INAPAM tiene como objetivo promover empleos remunerados para los adultos mayores, además de actividades voluntarias que les generen un ingreso conforme a su oficio, habilidad o profesión.
Por lo tanto, el pago de utilidades a adultos mayores se deberá al trabajo que realizaron en las empresas con las que fueron vinculados, no por la tarjeta INAPAM.
¿Qué es el reparto de utilidades?
El reparto de utilidades es un derecho constitucional de todos los trabajadores, en el cual se establece que deberán recibir una parte de las ganancias que obtiene la empresa o el patrón para el que trabajan, por la actividad productiva que ofrecen.
Tienen derecho a recibir utilidades quienes hayan laborado por lo menos 60 días en una empresa cuyas utilidades netas sean superiores a los $300 mil pesos y que tengan más de un año en funcionamiento.
¿Cuál es la fecha límite para el pago de utilidades?
Aunque algunas empresas ya empezaron a realizar el depósito de utilidades a sus trabajadores desde el pasado 1 de abril, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) la fecha límite es el próximo 30 de mayo.
Sin embargo, si trabajas para una persona física, la fecha límite para el pago de utilidades será el 29 de junio.
¿Cuáles son los beneficios de Vinculación Productiva del INAPAM?
Entre los beneficios que ofrece este programa de Vinculación Productiva del INAPAM para los adultos mayores se encuentran:
- El recibimiento de un sueldo base
- Prestaciones de ley
- Contrataciones por hora, por jornada o por proyecto y/o servicios
- En algunos casos, prestaciones superiores a las de la ley