Nacional

TEPJF deja fuera de la contienda por la presidencia del INE a Carla Humphrey

El fallo del Tribunal sostiene que el artículo 41 de la Constitución establece que “el consejero presidente y los consejeros electorales durarán en su encargo nueve años y no podrán ser reelectos

La presidenta del INE, Lorenzo Córdova, habla en una conferencia de prensa.
Archivo/Cuartoscuro Archivo/Cuartoscuro (La Crónica de Hoy)

Se esfumó la esperanza. Este miércoles el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) acabó con las aspiraciones de la consejera electoral, Carla Humphrey, de buscar la presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE), al confirmar la decisión del Comité Técnico de Evaluación (CTE) de la Cámara de Diputados, de excluirla, pues señaló que sería buscar la reelección en el órgano autónomo.

El Tribunal refiere que “se estima correcta la interpretación que hizo el CTE, pues por mandato constitucional que ejercen el cargo de consejero o consejera del INE están impedidos para volver aspirar a cualquier consejería de ese órgano electoral. Por estas razones se propone confirmar el acuerdo controvertido”, establece el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, lo que fue aprobado con cinco votos a favor y uno en contra.

La decisión se sustenta en el artículo 41 de la Constitución, en el que establece que “el consejero presidente y los consejeros electorales durarán en su encargo nueve años y no podrán ser reelectos. Serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados”.

La mayoría de los magistrados del TEPJF sostuvieron que la prohibición constitucional sobre la reelección se refiere a la prohibición de volver a ocupar cualquier otra consejería del INE, incluyendo la presidencia; es decir, que los consejeros no pueden ser consejeros presidentes, ya que no son cargos distintos y ambos pertenecen al Consejo General de este órgano.

“No implica que se trate de cargos distintos y por ende no se actualice la reelección entre uno y otro; por lo contrario, implica que la prohibición aplica a todos los tipos de consejerías del INE, ya que todas integran el máximo órgano de decisión y por tanto participan en decisiones sustanciales de la función electoral con independencia de que la presidencia tenga algunas funciones adicionales”, señala la resolución del TEPJF.

Copyright © 2023 La Crónica de Hoy .

Lo más relevante en México