
Este marte 16 de septiembre se conmemora oficialmente el Día de la Independencia de México, una de las conmemoraciones más importantes a nivel nacional y consistiendo un día de asueto oficial tanto para centros laborales como estudiantiles. Ahora, a falta de tres meses y medio para que concluya el año, te decimos cuáles son los puentes, días de asueto oficiales y periodos vacacionales que todavía quedan.
¿Qué días de descanso oficiales quedan en 2025 en México?
De acuerdo con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, estos son los días de asueto que todavía tendrá el 2025.
- Martes 16 de septiembre (En conmemoración del Día de la Independencia)
- Lunes 17 de noviembre (en conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana)
- Jueves 25 de diciembre (Navidad)
Algunas otras conmemoraciones no oficiales
- Sábado 27 de septiembre (Conmemoración de la consumación de la Independencia de México)
- Domingo 12 de octubre (Día de la Nación Pluricultural)
- Sábado 1 y Domingo 2 de noviembre (Día de los Muertos)
- Viernes 12 de diciembre (Día de la Virgen de Guadalupe)
- Martes 16 de diciembre (Inicio de las Posadas)
- Miércoles 31 de diciembre (Noche vieja)
Al no ser conmemoraciones oficiales, estos días no corresponden a días de asueto reconocidos, por lo que ningún centro laboral o educativo está obligado a darlos como tal.
¿Qué puentes y días inhábiles quedan en el Calendario oficial SEP 2025?
Por otra parte, las y los estudiantes de educación básica contarán con más días de descanso así como un periodo vacacional invernal de la siguiente manera:
- Viernes 26 de septiembre (Sesión ordinaria de Consejo Técnico Escolar)
- Viernes 31 de octubre (Sesión ordinaria de Consejo Técnico Escolar)
- Lunes 17 de noviembre (en conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana)
- Viernes 28 de noviembre (Sesión ordinaria de Consejo Técnico Escolar)
- Lunes 22 de diciembre - lunes 12 de enero de 2026 (Periodo vacacional invernal)
¿Qué pasa si debo trabajar en un día de asueto oficial?
Recuerda que, en caso de que tu centro laboral se mantenga abierto durante una de las fechas oficiales incluidas en la Ley Federal del Trabajo, el artículo 75 de esta legislación establece que se te deberá pagar un salario doble adicional al correspondiente por el día trabajado. Estos significa que te deberán pagar el equivalente al triple del promedio de tu sueldo diario.