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La normativa prohíbe el uso de recursos públicos, propaganda gubernamental y programas sociales para influir en la opinión ciudadana durante estos procesos

IECM emite lineamientos para asegurar imparcialidad en procesos de revocación de mandato en la CDMX

IECM emite lineamientos para asegurar imparcialidad en procesos de revocación de mandato en la CDMX

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó los lineamientos que regularán el principio de imparcialidad durante los procesos de revocación de mandato aplicables a diputaciones, alcaldías y concejalías electas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

La normativa establece que, una vez emitida la convocatoria y hasta tres días antes de la jornada de revocación, tanto la persona sujeta al procedimiento como quienes hayan solicitado el ejercicio podrán expresar posturas a favor o en contra y realizar actividades de promoción, siempre que estas no constituyan actos de campaña ni impliquen el uso de recursos públicos.

Los lineamientos establecen que el IECM será la única autoridad facultada para realizar actividades de promoción de la participación ciudadana y difusión del proceso. Estas acciones deberán tener carácter informativo, objetivo e imparcial, sin orientar las preferencias de la ciudadanía

Las disposiciones señalan que autoridades de distintos niveles de gobierno, alcaldías, partidos políticos y organismos públicos deberán abstenerse de promover o difundir el proceso de revocación de mandato. También se establece que las personas servidoras públicas ajenas al procedimiento no podrán manifestarse a favor o en contra del mecanismo.

La regulación prohíbe el uso de recursos públicos para promoción o propaganda vinculada con la revocación de mandato, así como la contratación de espacios en radio y televisión con fines de influir en la opinión pública.

Los partidos políticos tampoco podrán utilizar tiempos oficiales, plataformas digitales ni redes sociales institucionales para impulsar alguna postura relacionada con el proceso.

En materia de propaganda gubernamental, los lineamientos indican que, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada, no podrá difundirse publicidad sobre acciones de gobierno de la persona servidora pública sujeta al procedimiento, salvo aquella vinculada con servicios educativos, de salud o protección civil.

En el caso de las alcaldías, esta restricción aplicará dentro y fuera de su territorio.

La normativa también contempla restricciones sobre el uso de programas sociales y recursos públicos para evitar prácticas de presión, condicionamiento, coacción o entrega de beneficios que puedan incidir en la opinión ciudadana.

Las posibles infracciones serán atendidas mediante el procedimiento especial sancionador previsto en la legislación electoral.

La revocación de mandato es un mecanismo de democracia directa mediante el cual la ciudadanía decide si una persona electa debe concluir anticipadamente su encargo. Su realización procede una vez cumplida al menos la mitad del periodo del cargo correspondiente.

En la Ciudad de México, las personas titulares de alcaldías y concejalías alcanzaron la mitad de su mandato el 1 de abril de 2026, mientras que las diputaciones locales cumplieron ese requisito el 1 de marzo de 2026.

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