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Los lineamientos para el proceso electoral 2026-2027 también prohíben el uso de adhesivos permanentes y daños a la infraestructura urbana

Prohíbe IECM propaganda electoral que obstruya banquetas y señalizaciones

1Prohíbe IECM propaganda electoral que obstruya banquetas y señalizaciones


El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) estableció nuevas reglas para la colocación de propaganda electoral y el uso de inmuebles públicos durante el proceso electoral local 2026-2027, con restricciones para evitar daños al mobiliario urbano y obstrucciones al tránsito peatonal y vehicular.

Los lineamientos aprobados por el organismo prohíben utilizar engrudo, pegamento blanco, cemento u otros adhesivos que dificulten retirar carteles y propaganda, así como recurrir a perforaciones, cortes, soldaduras o mecanismos que provoquen daños permanentes a la infraestructura.

Tampoco se permitirá colocar materiales de campaña en señalizaciones viales, semáforos, postes de servicios públicos, infraestructura elevada ni rampas de accesibilidad para personas con discapacidad.

La normativa establece que los pendones y carteles no deberán reducir el espacio disponible en las banquetas ni colocarse en posiciones o alturas que impidan la visibilidad de peatones y automovilistas.

Además, toda la propaganda electoral impresa deberá elaborarse con materiales reciclables y biodegradables, libres de sustancias tóxicas o nocivas para la salud y el medio ambiente.

Las disposiciones forman parte de los Lineamientos para garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como el cumplimiento de las reglas para la colocación y fijación de propaganda electoral en elementos del mobiliario y equipamiento urbano.

Espacios públicos en igualdad de condiciones

El documento también establece obligaciones para las autoridades de los tres niveles de gobierno en la capital, incluidas las 16 alcaldías, que deberán proporcionar gratuitamente y en igualdad de condiciones locales públicos abiertos y cerrados a los partidos políticos, coaliciones y candidaturas que los soliciten para realizar actividades proselitistas.

Las autoridades deberán entregar al IECM un informe mensual sobre el uso de estos inmuebles. El reporte deberá incluir la fecha de solicitud, el nombre de la candidatura, partido o coalición solicitante, así como la fecha y el sentido de la respuesta emitida por la instancia correspondiente.

Por su parte, los partidos, coaliciones y candidaturas deberán solicitar los espacios con anticipación e indicar el tipo de evento que realizarán, la afluencia estimada, los horarios de montaje y sus necesidades de iluminación y sonido.

También tendrán que designar a una persona responsable de supervisar el cumplimiento de los protocolos y garantizar el buen uso de los inmuebles y sus instalaciones.

Procedimientos por incumplimiento

El IECM podrá iniciar de oficio procedimientos cuando detecte posibles incumplimientos a los lineamientos o a otras disposiciones de la normativa electoral.

Del mismo modo, mediante su Secretaría Ejecutiva, podrá solicitar información o colaboración a las autoridades competentes cuando advierta hechos que pudieran vulnerar las reglas electorales.

Los lineamientos pueden consultarse en el sitio oficial del instituto y en el micrositio del Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.

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