CDMX — La Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento de la Cámara de Diputados tiene listo el dictamen de la iniciativa presidencial para expedir la Ley General de Aguas y reforma la Ley de Aguas Nacionales, que contiene la creación del Registro Nacional del Agua (RENA) y enfatiza preceptos respecto al derecho humano de acceder a este recurso natural, así como su saneamiento previsto en la Constitución y la garantía de concesiones.
En los próximos días, se prevé que la propuesta de reformas y la creación de una nueva ley para regular el uso de agua en manos de particulares se discuta en el pleno de la Cámara de Diputados.
En cuanto a la eventual creación de ley general de aguas, se establece la definición de las responsabilidades de los tres órdenes de gobierno en materia de acceso, disposición y saneamiento del agua para uso personal y doméstico.
La comisión fija las bases para el uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, reconociendo su interdependencia con otros derechos humanos.
Además, clarifica la distribución de competencias entre la Federación, las entidades federativas y los municipios.
También fomenta la cultura del agua mediante programas educativos y de participación ciudadana.
Y reconoce y fortalece los sistemas comunitarios de agua que operan en comunidades indígenas y rurales.
Sobre las reformas a la Ley Nacional de Aguas, los diputados de la mayoría de Morena oponen modificar 124 artículos.
Entre ese articulado a reformar destaca el de Aguas residuales tratadas, que se definen como “Aquellas que se han adecuado para su reúso mediante procesos individuales o combinados de tipo físico, químico, biológico u otro.”
Se incluye a la Ciudad de México como beneficiaria de asignación concesionaria, que es un título que otorga el Ejecutivo federal, a través de la Comisión o del Organismo de Cuenca que corresponda, “conforme a sus respectivas competencias, para realizar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, a los municipios, a los estados o a la Ciudad de México, destinadas a los servicios de agua con carácter público urbano o doméstico”.
El dictamen define en qué consiste el “Programa Nacional Hídrico”.
Es un documento rector que integra los planes hídricos de las cuencas a nivel nacional, en el cual se definen la disponibilidad, el uso y aprovechamiento del recurso, así como las estrategias, prioridades y políticas, para lograr el equilibrio del desarrollo regional sustentable, avanzar en la gestión integrada de los recursos hídricos priorizando el derecho humano al agua para consumo personal y doméstico.
“Registro Nacional del Agua”: (RENA), que proporciona información y de aguas nacionales y bienes inherentes a través de la inscripción de los títulos de concesión, asignación y permisos de descarga, así como las modificaciones que se efectúen en las características de los mismos; seguridad jurídica a los usuarios de aguas nacionales y bienes inherentes a través de la inscripción de los títulos de concesión, asignación y permisos de descarga, así como las modificaciones que se efectúen en las características de los mismos”.
También prevé la. “Responsabilidad Hídrica”, que deberá entenderse como la gestión hídrica responsable y las buenas prácticas por parte de “la Autoridad del Agua”, personas concesionarias, asignatarias, permisionarias y usuarias en general para mejorar el manejo, explotación, uso, reúso o aprovechamiento eficiente y sostenible de las aguas nacionales; gestión hídrica responsable y las buenas prácticas por parte de “la Autoridad del Agua”, personas concesionarias, asignatarias, permisionarias y usuarias en general para mejorar el manejo, explotación, uso, reúso o aprovechamiento eficiente y sostenible de las aguas nacionales”.