
La Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de anunciar un fallo que ha causado alarma entre pensionados y jubilados de todo el país, ya que la intitución reveló que las instituciones de seguridad social —como la Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)— pueden embargar cuentas AFORE de aquellos beneficiarios que no cumplan con una obligación específica relacionada con su trámite de pensión y control de datos, establecida como requisito antes de febrero de 2026.
En este sentido, este fallo implica un giro importante en la forma en que las autoridades pueden garantizar el cumplimiento de sus obligaciones administrativas. Por ello, en esta nota te contamos todo lo que necesitas conocer de esta medida y prevenir embargos no deseados.
¿Qué obligación deben cumplir los pensionados?
Según el fallo de la SCJN, las instituciones encargadas de la seguridad social pueden iniciar el embargo de cuentas AFORE cuando un pensionado o jubilado no ha actualizado y aportado la documentación y requisitos exigidos por el propio IMSS o ISSSTE dentro de los plazos estipulados por la normativa vigente.
Esta obligación, que debía cumplirse antes del 28 de febrero de 2026, tiene como propósito asegurar que los registros de los beneficiarios estén completos y actualizados, incluyendo datos personales, beneficiarios, CURP, actas, comprobantes y cualquier documento que avale la condición de pensionado o jubilado.
¿Por qué se da este cambio?
Las autoridades argumentan que la depuración de expedientes es indispensable para garantizar la transparencia y correcta administración de recursos públicos, y evitar pagos indebidos o fraudes mediante documentación desactualizada o errónea. Sin embargo, críticos del fallo señalan que esta medida puede resultar excesiva o injusta para personas adultas mayores o con poca capacidad para tramitar requisitos complejos.
El fallo de la Corte se basó en la interpretación de normas del sistema de seguridad social y en la priorización de la protección de los recursos públicos, lo que abre la puerta a que se utilicen mecanismos de garantía como el embargo de cuentas AFORE, incluso antes de que una sentencia condenatoria en materia penal o civil exista.
¿Qué pasa si no cumplo?
Las medidas que ha ordenado a las instituciones antes mencionadas son contundentes, pues podrían iniciar embargos de su cuenta AFORE, lo que afectaría el ahorro destinado a la pensión.
¿Qué deben hacer quienes están en riesgo?
Las autoridades han enfatizado que el riesgo de embargo se puede evitar cumpliendo con la actualización de tus datos y la entrega de documentación requerida antes del 28 de febrero de 2026. Entre los pasos sugeridos se encuentran:
- Revisar tu expediente en la unidad del IMSS o ISSSTE correspondiente
- Confirmar que tu CURP, identificación y datos personales estén actualizados
- Acreditar a tus beneficiarios (cónyuge, concubina, hijos, ascendientes, si corresponde)
- Presentar actas de nacimiento, matrimonio o documentos que el Instituto solicite
- Consultar vía portal electrónico o teléfono oficial para confirmar el estatus de tu expediente.
La recomendación general de expertos es organizar este proceso con tiempo, evitar dejarlo hasta el último momento y, de ser necesario, solicitar apoyo institucional para validar tu cumplimiento antes de que se apliquen medidas más drásticas.