A partir de este miércoles, y hasta el próximo miércoles 28 de febrero la Cámara de Diputados comenzó a recibir la información curricular de quienes aspiren a sustituir al audito superior David Colmenares, quien dejará el cargo en marzo próximo.
Los diputados designarán al titular de la Auditoría Superior de la Federación por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.
La ley determinará el procedimiento para su designación. Dicho titular durará en su encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido, exclusivamente, por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de esta Constitución.
Para ser titular de la Auditoría Superior de la Federación se requiere cumplir, además de los requisitos establecidos en las fracciones I, II, IV, V y VI del artículo 95 de esta Constitución, los que señale la ley. Durante el ejercicio de su encargo no podrá formar parte de ningún partido político, ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia.
Será la Comisión de Vigilancia de la ASF la que se encargue de este proceso del que saldrá el nuevo auditor o auditora para el periodo de 2026-2034.
Los aspirantes deben observar todo esto antes de dejar su documentación.
Tener la ciudadanía mexicana por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
Tener, por lo menos, 35 años cumplidos el día de la designación. Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión. Sin perjuicio de lo anterior, si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte seriamente la buena fama, inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena. Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación.
Además, no haber sido secretario de Estado, fiscal o procurador General de la República, de la Ciudad de México; senador, diputado federal; titular del Ejecutivo de alguna entidad federativa; titular o en su caso comisionado de algún órgano constitucionalmente autónomo; dirigente de algún partido político, no haber sido tesorero, titular de las finanzas o de la administración de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular durante el año previo al día de su nombramiento;
Contar, al momento de su designación, con una experiencia efectiva de diez años en actividades o funciones relacionadas con el control y fiscalización del gasto público, política presupuestaria; evaluación del gasto público, del desempeño y de políticas públicas; administración financiera, o manejo de recursos;
Contar, el día de su designación, con título de antigüedad mínima de diez años, y cédula profesional de contador público, licenciatura en derecho, o abogada o abogado, licenciatura en economía, licenciatura en administración o cualquier otro título profesional relacionado con las actividades de fiscalización, expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello;y,
No haber sido inhabilitada o inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni que se le haya removido por causa grave de algún cargo del sector público o privad
Segunda. Las y los aspirantes, al momento de realizar su solicitud de registro, deberán acompañar la documentación que se detalla a continuación:
Credencial para votar vigente Acta de nacimiento y Clave Única de Registro de Población y Comprobante de domicilio vigente, así como constancia de Antecedentes Penales Federales, entre otros.
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