CDMX — La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la abrogación de la Ley Federal de Cinematografía, y en su lugar entrará en vigor la Ley Federal de Cine y el Audiovisual, que contiene estímulos fiscales de hasta 30 por ciento del costo de producción con un tope de 40 millones de pesos por proyecto, esto con el fin de fomentar la derrama económica y el empleo en el sector.
Con 466 votos a favor, 0 en contra y 0 en abstención, se aprobó en lo general y en lo particular los artículos no reservados de este dictamen, el cual tuvo el consenso de todos los partidos políticos de la Comisión de Cultura.
La diputada Alma Lidia De La Vega Sánchez, presidenta de la Comisión de Cultura y Cinematografía, señaló que la iniciativa, enviada por la presidenta, Claudia Sheinbaum Pardo, es una propuesta que reconoce que el cine mexicano no sólo cuenta historias, sino que construye identidad, fortalece la memoria colectiva y proyecta al país hacia el mundo, y México necesita una legislación moderna que acompañe el talento de sus creadoras y creadores.
Desde la máxima tribuna, la morenista aseveró que abrogar la actual ley es con el firme objetivo de fortalecee el derecho humano al acceso a la cultura reconocido en nuestro artículo 4o. de la Constitución, que reconoce al cine y al audiovisual como expresiones culturales fundamentales para la vida democrática del país.
“La ley vigente fue expedida en el año de 1992. Sin embargo, tras más de tres décadas, el mundo cambió, la tecnología cambió y también cambió la forma en que las personas producen, distribuyen y consumen contenidos audiovisuales. Hoy el cine ya no vive únicamente en las salas tradicionales, hoy el audiovisual habita también en plataformas digitales, en series, documentales y en nuevos formatos narrativos que forman parte de la vida cotidiana de millones de personas”, indicó.
De La Vega Sánchez dejó claro que esta ley no sólo moderniza el marco jurídico, sino que también reconoce que el cine y el audiovisual son una industria cultural estratégica generadora de empleo, de identidad y soberanía cultural.
“Se reconoce que el cine y el audiovisual forman parte de un ecosistema moderno que debe ser regulado con una visión integral y contemporánea. Esta ley coloca en el centro el derecho de todas las personas a acceder, participar y contribuir en la vida cultural”, sostuvo.
Se expide la Ley Federal de Cine y el Audiovisual como un nuevo marco normativo integral para regular las actividades cinematográficas y audiovisuales del país, establecer bases de fomento, promoción, preservación, accesibilidad y diversidad cultural.
La reforma coloca en el centro el derecho de todas las personas a acceder, participar y contribuir a la vida cultural, armonizando la legislación con el artículo 4º constitucional y con los compromisos internacionales asumidos por México.
Y la ley vigente de 1992 resulta insuficiente para regular el ecosistema audiovisual contemporáneo, por lo que se requiere un marco legal acorde con las nuevas formas de producción, circulación y consumo de contenidos, de acuerdo con los argumentos esgrimidos por los diputados de todos los partidos políticos.
Refrendaron que el cine y el audiovisual son instrumentos para preservar la memoria, fortalecer identidades colectivas y proyectar la diversidad cultural de México frente a la concentración de contenidos extranjeros.
En México, dijeron, existe una concentración monopólica en la distribución y exhibición. Actualmente, aunque el país es la 4° nación con más pantallas en el mundo, solo el 4% de los boletos vendidos son para cine nacional.
BENEFICIOS
La ley alinea a México con la Convención de la UNESCO de 2005 sobre la diversidad cultural y otros tratados de derechos humanos que obligan al Estado a proteger sus expresiones culturales.
Preservación del patrimonio: La ley reconoce que las obras cinematográficas y audiovisuales forman parte del patrimonio cultural nacional y, por tanto, su rescate, restauración y conservación constituyen una responsabilidad pública estratégica.
Garantiza el derecho de acceso a la cultura al reconocer al cine y al audiovisual como expresiones culturales, artísticas, educativas y sociales, y no únicamente como bienes de mercado.
Protección del cine nacional: Establece una cuota mínima del 10% de tiempo de exhibición en salas para obras nacionales, con una permanencia mínima de 14 días (duplicando los 7 días actuales).
Inclusión y Accesibilidad: Garantiza que las personas con discapacidades visuales y auditivas tengan acceso a las obras mediante subtitulaje adaptado y audiodescripción.
Visibilidad Digital: Obliga a las plataformas de ‘streaming’ a tener una sección relevante y permanente para el contenido mexicano en sus catálogos. Descentralización: Promueve apoyos para creadores indígenas, afromexicanos y de diversas regiones, respetando la pluralidad lingüística del país.
Certeza Jurídica: No genera impacto presupuestario adicional para el erario, ya que aprovecha las estructuras existentes como IMCINE y los Estudios Churubusco.
De acuerdo con el dictamen, la Secretaría de Gobernación deberá emitir y adecuar los acuerdos,
lineamientos y demás disposiciones de carácter general conforme a lo establecido en este Decreto, en un plazo no mayor a doscientos veinte días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
En las disposiciones reglamentarias y administrativas que se emitan con motivo del presente secreto, se determinarán los plazos para que los particulares den cumplimiento a las obligaciones y deberes señalados en la presente Ley.
Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado a los ejecutores de gasto responsables, por lo que no se autorizarán ampliaciones a su presupuesto, y en caso de que se efectúe alguna modificación a su estructura orgánica, deberá realizarse mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
El Poder Ejecutivo Federal, los órganos de gobierno y demás instancias respectivas realizarán las modificaciones que correspondan a los instrumentos de creación de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal denominadas Instituto Mexicano de Cinematografía; Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C.; Estudios Churubusco Azteca, S.A., y Fideicomiso para la Cineteca Nacional, a más tardar en 180 días hábiles.
