
La Secretaría de Economía informó la actualización de las disposiciones relacionadas con el Permiso Previo de Importación de azúcar y preparaciones alimenticias que contienen azúcar, como parte de las medidas de regulación del comercio exterior que entraron en vigor el pasado 28 de septiembre.
La dependencia recordó que el 28 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo que modificó las Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, mediante el cual se establecieron nuevas disposiciones para la importación de azúcar y determinados productos que contienen este ingrediente.
De acuerdo con la Subsecretaría de Industria y Comercio, la entrada en vigor de estas medidas quedó condicionada a la disponibilidad del trámite correspondiente en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM). Posteriormente, el 21 de agosto, el Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) publicó el Boletín B.SNICE 002/2026, en el que se estableció el 28 de septiembre de 2026 como fecha de inicio de las nuevas disposiciones.
Fracciones arancelarias sujetas al permiso
A partir de esa fecha, las mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias 1701.12.05, 1701.13.01, 1701.14.91, 1701.91.04, 1701.99.99 y 1702.90.01 quedaron sujetas a la obligación de contar con el Permiso Previo de Importación de azúcar y preparaciones alimenticias, conforme a las disposiciones vigentes.
La Secretaría de Economía precisó que existe un periodo de transición para la fracción arancelaria 2106.90.99, cuya implementación fue prorrogada hasta el 2 de noviembre de 2026.
Durante este periodo, las mercancías correspondientes podrán importarse mediante la declaración del identificador que corresponda a la excepción aplicable, sin que ello afecte su presentación durante el despacho aduanero.
Una vez concluido el periodo de transición, los productos clasificados en la fracción 2106.90.99 deberán cumplir con las disposiciones relativas al Permiso Previo de Importación cuando corresponda de acuerdo con su composición y características.
Información disponible para importadores
La Secretaría de Economía señaló que las empresas importadoras podrán consultar los requisitos, procedimientos y documentación necesarios para cumplir con estas disposiciones a través del portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior y de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior.
La actualización busca precisar las mercancías sujetas al permiso y establecer condiciones de transición para facilitar el cumplimiento de las nuevas reglas y evitar afectaciones a las operaciones de comercio exterior.