
Un nuevo criterio judicial podría transformar por completo la forma en que se resuelven los fraudes bancarios en México, dado que a partir de ahora, instituciones como Banamex, BBVA México y Santander México ya no podrán responsabilizar automáticamente a sus clientes por transferencias electrónicas no reconocidas.
Esta resolución se vuelve relevante para todos los usuarios de bancos, ya que modifica la manera en que se llevan los litigios relacionados con movimientos electrónicos sospechosos, cargos desconocidos y fraudes en aplicaciones móviles. Y, por lo tanto, erradica las afectaciones a personas que, por algún motivo, deban solventar dichos cargos.
¿Qué deberán hacer los bancos a partir de la nueva jurisprudencia judicial?
En años anteriores, cuando un cliente reportaba una transferencia sospechosa, la carga de la prueba recaía en él. Es decir, el usuario debía demostrar que no realizó la operación, algo prácticamente imposible en términos legales.
Sin embargo, con este nuevo criterio, la responsabilidad cambia por completo. Ahora serán los bancos quienes deberán acreditar que la transacción fue legítima, que se cumplieron los protocolos de seguridad y que los sistemas de autenticación funcionaron correctamente en cada caso.
¿Qué implica la decisión del tribunal en la nueva jurisprudencia?
El criterio fue establecido por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, que determinó que las instituciones financieras cuentan con todos los elementos técnicos para auditar operaciones: desde registros digitales hasta sistemas biométricos y claves de acceso.
Esto implica que los bancos tienen mayor capacidad que los usuarios para demostrar cómo se realizó una transferencia, lo que justifica el cambio en la carga de la prueba.
El decreto publicado a través del Semanario Judicial de la Federación, bajo el registro digital 2032172, establece lo siguiente:
Responsabilidad tecnológica:
Debido a que los bancos son quienes desarrollan, gestionan y operan sus plataformas digitales, así como los sistemas de autenticación y bases de datos, cuentan con la capacidad técnica necesaria para revisar y verificar cualquier acceso o transacción.
Verificación de procesos de seguridad:
La institución financiera involucrada deberá comprobar ante un juez que cumplió con todos los mecanismos legales de validación de identidad antes de autorizar la salida de recursos.
Consolidación de un criterio legal:
Esta resolución no surge de forma aislada, sino que refuerza y vuelve obligatorio un enfoque jurídico que la entonces Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había delineado desde 2021.
¿Qué cambia realmente para los usuarios?
Otro punto relevante del fallo es la eliminación de una práctica que durante años complicó los procesos legales para los usuarios.
En muchos casos, los bancos exigían que los clientes también demandaran al titular de la cuenta que recibía el dinero. Esto no solo retrasaba los procedimientos, sino que en ocasiones hacía imposible avanzar, ya que muchas cuentas estaban a nombre de terceros o identidades falsas.
Con la nueva resolución, se establece que la relación jurídica principal es entre el cliente y el banco, simplificando así los procesos legales.
Además, esto podría tener implicaciones importantes en sus operaciones, ya que ahora deberán reforzar sus sistemas de seguridad, monitoreo y validación de transacciones para evitar responsabilidades legales.
Ahora, cuando un cliente reporte una transferencia no reconocida, el banco deberá demostrar que la operación fue autorizada; que los sistemas funcionaban correctamente; que no hubo fallas de seguridad; que el acceso fue legítimo.
Esto no garantiza que todos los casos se resuelvan automáticamente a favor del usuario, pero sí mejora significativamente su posición legal.
También se esperan cambios en contratos, términos de uso y mecanismos de validación en aplicaciones móviles.
El objetivo será reducir riesgos legales y fortalecer la confianza de los usuarios en los servicios financieros digitales.