Metrópoli

"Mi jefe me prohibió abreviar procedimientos; si lo hago, me corre", dicen agentes del MP

Una de las redactoras del nuevo Código de Procedimientos Penales afirma que los encargados de aplicar el nuevo sistema trabajan con lo que pueden y muchas veces se topan con trabas de superiores

Oficina de la PGJ en la Ciudad de México
Oficina de la PGJ en la Ciudad de México Oficina de la PGJ en la Ciudad de México (La Crónica de Hoy)

La doctora Diana Cristal González Obregón, una de las redactoras del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales (uno de los hitos de la reforma judicial) señala que los MP y los policías de a pie, con los que mantiene contacto permanente al ser capacitadora, “están haciendo lo que pueden con los mecanismos que pueden, pero se sienten solos. Tengo alumnos, MP estatales y federales, peritos y litigantes de Chihuahua, Nuevo León, entro otros, que me dicen ‘cuando quiero pedir  un procedimiento abreviado’, mi jefe no me deja, me dice que lo tengo prohibido. La víctima lo pide, la Ley lo permite, pero si lo hago me corren”.

—¿Eso se limita a los MP? ¿qué pasa con los operadores auxiliares?

—Los peritos me dicen que les siguen pidiendo participaciones pasivas cuando ellos son estrellas del nuevo sistema porque deben proponer los actos de investigación científica. Otros me dicen que logran una detención de una persona, pero que no le entienden al parte informativo del policía, porque nunca se los enseñaron. No los incluyeron en la capacitación y ellos no tienen medios para pagarla por sí mismos.

—¿Podría ser que haya operadores (agentes del MP y sus auxiliares) que nunca pasaron por la capacitación básica para el nuevo sistema de justicia penal?

—Muy probablemente en un alto porcentaje. Pero reitero que es gente muy valiosa. Conocen la Procuraduría y la seguridad pública, no es un perfil que puedas conseguir mañana de un universitario recién egresado, pero se le ha olvidado a la autoridad local y federal invertir en capital humano.  No hablo sólo de los sueldos, hablo de la capacitación y de la labor de equipo. La gente que está en las procuradurías no se siente valorada ni parte del equipo; se siente amenazada, que no le hacen caso. Hoy en día no debe haber un jefe en estas instancias, debe haber un líder, un liderazgo. Y eso, lo digo con tristeza, en las procuradurías se olvidó. Aunado a eso, sin capacitación, ¿qué quieren que haga un operador?

—Su posición sería que los operadores, agentes del MP y sus auxiliares, no están tratando de regresar dolosamente al viejo sistema penal, sino que sencillamente intentan aplicar el nuevo con lo que les da su institución…

—Claro, lo digo como capacitadora y como abogada; lo escucho y lo veo. Por supuesto, hay gente apática o que quiere el nicho de la corrupción. El sistema acusatorio va de la mano del sistema anticorrupción porque en la oralidad penal mexicana se cuidó, en el diseño legislativo, que avanzara de manera transparente. En lo penal se logró este avance, así que el operador corrupto no va a querer el sistema porque se transparenta la actuación del policía, del MP, del litigante desde que se presenta la denuncia y mientras va avanzando. Muchos dicen que el sistema no funciona porque no lo conocen, pero hay otras voces que lo dicen porque quieren seguir con la corrupción.

—Las estadísticas oficiales de la PGJ CDMX no reflejan cambios sustanciales entre los años previos al nuevo sistema y el año que ha estado en funciones. Hablan incluso en los mismos términos que antes: cuántas denuncias se han presentado por delito.

—Me da mucha tristeza que se sigan usando indicadores que no son en nada coherentes con el sistema penal acusatorio. Todavía se atreven a hablar de consignaciones cuando eso ya ni tiene que ver. Los indicadores del acusatorio deben medir cuántos casos terminaron en (justicia alternativa) mediación, conciliación; cuántas reparaciones del daño se lograron; cuántas querellas avanzaron a una acusación y a un procedimiento abreviado. Si tratas de medir cuántos juicios orales hubo, pues nada va a checar porque éstos son los menos. Los indicadores no se han planteado correctamente.

—¿Qué debe decir sobre las críticas al nuevo sistema?

—Ojalá nos demos cuenta de que como sociedad debemos abrazar y alimentar este sistema que, sin importar qué partido político gane tal o cual elección, se nos queda como herencia para nuestros hijos. Y que a la autoridad nacional, a las organizaciones civiles que critican el nuevo sistema se les pregunte qué hicieron para implementarlo y para implementar el Código Nacional de Procedimientos Penales. Se van a quedar callados.

—¿Estaríamos viviendo una situación donde ni la ciudadanía ni los funcionarios de la PGJ saben que esta opción está allí, en el nuevo código de Procedimientos penales?.

—No. El Ministerio Público puede aplicar, no necesita que lo autorice un juez, puede aplicar las medidas cautelares y de protección, las que quiera para evitar impunidad, para que la víctima quede protegida y para que el imputado no se evada. ¿Cuándo las aplica y quién las conoce? El Código Nacional de Procedimientos penales mexicano permite, a diferencia de otros países, aplicar prisión preventiva antes de siquiera llegar a la vinculación a proceso. Ésa es una opción increíble, el MP puede pedir al juez que se apliquen las medidas de cautela o incluso aplicarla de oficio sin necesidad aun de justificar la vinculación.

La mayor parte de las sentencias en el oral acusatorio son condenatorias y la única sentencia permitida en el procedimiento abreviado es la condenatoria.

Te puedo decir que hay desconocimiento casi completo del Código Nacional de Procedimientos Penales.

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