
Opinión — Uno de los temas en el Congreso Mundial de Derecho Constitucional celebrado en la Universidad de Externado en Colombia fue la independencia judicial como garantía de la democracia constitucional. Un debate relevante fue sobre el papel de los tribunales en la defensa y reforma del pacto político fundante en un Estado. Esto es significativo para México, debido a que una de las razones expresadas abiertamente por los gobiernos de la llamada 4T, en la reforma judicial de 2024, fue que descalificaba a la Suprema Corte y la consideraba un poder contra mayoritario, que se apartaba en sus sentencias del sentido original de la Constitución de 1917. Un poder opuesto al pueblo y cómplice de intereses económicos y políticos minoritarios.
En este contexto, en el congreso se presentó el Informe académico sobre la reforma judicial 2024 en México, elaborado por el IIJ-UNAM, coordinado por Diego Valadés, José María Serna y Sergio López, en el se hace un primer análisis de su aplicación y la medición de los resultados de la elección extraordinaria de personas juzgadoras, con un enfoque crítico y prospectivo y la intención de proveer información para un eventual ajuste de las modificaciones con base en óptimos jurídicos del constitucionalismo democrático y sostenible.
En una mesa de trabajo, Ricardo Uvalle Aguilera del IIJ-UNAM explicó la forma en que se llevó a cabo la reforma judicial y destacó que la sobrerrepresentación la deslegitima absolutamente por excluir en el debate público las razones de las diversas visiones jurídico políticas de la oposición partidista, los argumentos de la comunidad jurídica y contravenir los parámetros de constitucionalidad mínimos de un régimen democrático incluyente y plural respetuoso de los derechos de las minorías.
En otro espacio de reflexión, Jaime Olaiz, investigador de la Universidad Panamericana, analizó el contenido de la reforma en términos de progresividad, es decir, la evolución de los derechos, los límites a los poderes y la inclusión social y concluyó que la elección de los jueces, el desplazamiento de la carrera judicial, el diseño de la disciplina judicial y el retorno al principio de los efectos limitados del amparo y la suspensión del mismo representa un franco retroceso en el proceso de superación del pasado autoritario y que la reforma interrumpió una tendencia 1994-2018 de reformas tendientes al fortalecimiento del Estado Constitucional de derecho y la gobernanza democrática.
Rodrigo Brito, director del Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, explicó los efectos de la reforma en el desempeño judicial e hizo énfasis en que el debilitamiento de la carrera judicial tiene un impacto negativo en la independencia judicial por las limitaciones que impone en el acceso a la titularidad de los órganos, a quienes basan su promoción en el mérito y el estudio constante, con lo que este es uno de los principales aspectos a revisión profunda en los próximos años.
Juan Manuel Acuña, investigador de la Universidad Panamericana, apuntó que, más allá de los deseos o de la narrativa política, la reforma judicial debe estudiarse con base en una observación sistemática, con metodología científica, que permita identificar objetivamente el desempeño independiente e imparcial de las personas juzgadoras después de la reforma y sugirió que la medición de los sobreseimientos de los juicios de amparo puede ser una forma para identificar la tutela judicial efectiva. También señaló que la reforma de 2024 es un allanamiento a un sistema de prerrogativas, en el que el voluntarismo político adquiere fuerza y la protección de los derechos es desplazada.
Michel Negrete, profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, propuso una revisión analítica de la reforma y evitar la descalificación absoluta de la misma bajo el supuesto que tiene claros y obscuros y áreas de mejora significativas, por ejemplo, en materia disciplinaria, propuso que es necesario revisar y, en su caso, acotar los supuestos de conductas sancionables, que son muy abiertos, para evitar la discrecionalidad en las destituciones de jueces y magistrados.
Lo relevante del debate es su riqueza y amplitud de posicionamientos, que no se agotan en este artículo por razones de espacio, más allá de la defensa ideológica o interesada por parte de los beneficiados o perjudicados por la reforma. Un efecto colateral es que puso en la opinión pública el debate sobre: ¿Cuáles son las poderes internos y externos que influyen en el Poder Judicial? ¿Cuál es el efecto de la carrera judicial en su independencia? ¿Cuál es el mejor método de nombrar personas juzgadoras? ¿Cómo deben rendir cuentas las personas juzgadoras? ¿Cómo se garantiza su independencia en un ambiente de polarización política?, entre otras. Muchas interrogantes, todavía pocas respuestas. Estos espacios de debate de buena fe contribuyen a entendernos y buscar permanentemente los mejores caminos para la tutela judicial efectiva como un mínimo indispensable para contener los excesos del poder político y económico.
Investigador del Instituto Mexicano de Estudios Estratégicos en Seguridad y Defensa Nacionales y del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores
cmatutegonzalez@gmail.com
Facebook.com/cmatutegonzalez
X @cmatutegonzalez
www.carlosmatute.com
La Crónica de Hoy 2026